Buscando visa para un sueño

Según un estudio del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y el Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) de Chile, hasta diciembre de 2021, residían un poco más de 440 mil venezolanos en dicho país.

La gran mayoría de ellos dejaron lazos familiares en Venezuela, tal es mi caso. El día martes 14 de febrero se cumplieron cuatro meses desde que fui entrevistado en la sede del Consulado del país austral, aquí en Caracas, para obtener una visa de permanencia temporal que me permita ir a visitar a mi hija y regresar a mi país.

Ante la falta de respuesta de alguna autoridad competente, he ido en varias oportunidades a la mencionada sede consular y la única información que obtengo (palabras más, palabras menos) es: la aprobación o rechazo de su visa ya no depende de nosotros, depende de la Cancillería chilena, revise constantemente la página web donde hizo la solicitud.

El día viernes 13 de enero del presente año envié una misiva al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, la misma fue respondida el día lunes 16 de la siguiente manera:

"De acuerdo a lo requerido por Ud., se cumple con informar que, el(a) titular de la solicitud de visa, puede conocer el estado de avance de la tramitación de la misma, a través de la plataforma del Sistema de Atención Consular en https://tramites.minrel.gov.cl/Solicitudes/validaIngreso.aspx"

Al revisar la plataforma sugerida la única información que obtengo es: "Estatus de la solicitud: en consulta". Es decir, sigo en la misma incertidumbre sin saber a ciencia cierta si voy a poder ingresar al mencionado país a visitar a mi única hija, quien es menor de edad, a quien tengo más de 3 años sin poder dar un abrazo.

Yo estoy consciente de que todos los países son soberanos, por lo tanto, sus autoridades tienen la potestad de decidir quién entra y quién no, pero en esta oportunidad hablo en nombre de todos aquellos particulares que esperan tanto tiempo por una contestación o que, sencillamente, ven como es rechazada su petición a pesar de haber consignado todos los recaudos que exigen las autoridades chilenas para otorgar visas temporales.

El régimen de visitas a los hijos de padres divorciados o separados está consagrado en el Código Civil de Chile (artículo 229), por ende, la omisión por parte de una institución de carácter público atenta contra el principio consagrado en la ley que estipula:

"El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular, la que ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo…"

Basado en lo anterior, le pido con mucho respeto a las autoridades chilenas un poco de celeridad en los trámites burocráticos necesarios para dar respuesta a las demandas de los particulares, sobretodo, de aquellas demandas que se sustentan en principios universales.

Para finalizar, son más de seis millones de venezolanos, según la ONU, quienes han migrado a países que exigen visa para su ingreso, por ello, estoy seguro de que muchos compatriotas están experimentando lo mismo que yo, nos tocará dar una batalla jurídica y presionar a través de los medios de comunicación para poder abrazar nuevamente a nuestros seres queridos.

Especialista 

Correo electrónico: chirinoleonardo7@gmail.com



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