Barquisimeto muere de sed

Carta de la Comuna Río Cenizo al Presidente Nicolás Maduro

C/c Evelin Vásquez, Ministra del Poder Popular de Atención de las Aguas

Carmen Meléndez, Gobernadora del Estado Lara

Yanis Agüero, Presidente del Consejo Legislativo del Estado Lara

Con un cordial saludo bolivariano y chavista nos dirigimos a usted con la finalidad de informarle que el 10 de septiembre de 2017; en el marco del I Encuentro Estadal del Movimiento Popular, Obrero, Campesino y Comunal del Estado Lara por el Acceso al Agua Potable, se abordó la problemática de las limitaciones para el acceso oportuno y eficiente al vital líquido, derivadas de la política de privatización del servicio, aplicada por el entonces gobernador Henri Falcón a través de la empresa hidrológica HIDROLARA C.A.

En este sentido se afirmó que durante los ocho años de su gestión al frente de la Gobernación del Estado, Henri Falcón favoreció a las empresas privadas de la región en detrimento del pueblo larense, entregando todos los procesos operativos a estas compañías, aumentando de manera indiscriminada el valor del servicio colocándolo como el más caro del país, al mismo tiempo que redujo notablemente su prestación a las comunidades populares, obligándolas a cubrir esta necesidad básica a través de la compra de agua a camiones cisternas privados, agua que no cumple con las condiciones mínimas de potabilización lo cual ha causado el incremento de enfermedades gastrointestinales en la población así como un deterioro en su poder adquisitivo.

Entre los acuerdos del referido evento están los siguientes:

  • Constituir el Consejo Estadal del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA), como un órgano de participación directa, democrática y revolucionaria en la gestión socialista, humanista y consciente de los afluentes de agua, los sistemas de riego y la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas en el Estado Lara.

  • Denunciar al entonces Gobernador Henri Falcón, como responsable del desastre en el que sumió la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas, para asentar las bases de su privatización en contra de los intereses del pueblo.

  • Solicitar al Fiscal General de la República, en el marco de sus atribuciones, inicie las gestiones pertinentes para que de conformidad a nuestra constitución y las leyes de la República se instale en lo inmediato una comisión auditora con la participación del Ministerio Publico y el Poder Popular, para establecer las responsabilidades de los hechos cometidos en contra de nuestro pueblo a través de esta empresa. Que esta comisión tenga un alcance amplio respecto a las investigaciones en materia de corrupción y delitos de lesa humanidad.

  • Elevar esta solicitud a través de la Defensoría del Pueblo del Estado Lara como órgano garante de los Derechos Humanos.

En cumplimiento de dichos acuerdos, el día 20 de septiembre de 2017, se pidió a la Defensora del Pueblo del Estado Lara, Elba Yris Rodil, la instalación de una comisión auditora de alto nivel técnico-jurídico conformada por: el Poder Popular mediante la vocería en el CEPPGA, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de La República, el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas y la Fiscalía General de la República. Con el objetivo de abrir una investigación a la administración de la empresa hidrológica HIDROLARA C.A. en cuanto a la problemática existente en la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas a la población en materia de:

  • Tarifa del servicio de agua potable.

  • Discriminación de gastos operativos

  • Discriminación de gastos administrativos

  • Discriminación de gastos de publicidad y propaganda

  • Contratación para la adquisición de sustancias químicas

  • Contratación de eventos

  • Presupuesto y ejecución de obras

  • Presupuesto y ejecución de mantenimiento de redes y acueductos

  • Presupuesto y ejecución de mantenimiento de equipos electromecánicos

  • Contratación y adquisición de equipos electromecánicos

  • Relación de pagos de obras de rehabilitación

  • Pago de Cooperativas

  • Contratación de empresas de servicios

  • Relación de pagos de servicios

  • Relación de pagos de pasivos laborales

  • Relación de pagos de viajes para la distribución de agua a través de camiones cisternas particulares.

  • Relación de pago por reconstrucción y reinstalación de tomas

  • Proliferación de tomas clandestinas en las aducciones principales y la presunta vinculación de gerentes en un sistema de cobro paralelo.

  • Proliferación de llenaderos clandestinos.

  • Chequeo y desinfección de cisternas

  • Publicación de las condiciones físico-químicas y bacteriológicas del agua

  • Relación de la recaudación mensual y anual de los últimos 8 años

  • Responsabilidad de la administración en la proliferación de construcciones de tomas y empotramientos ilegales

  • Vinculación de una red interna en el robo y venta de medidores y niples

  • Robo de cableado y equipos en las estaciones y plantas de tratamiento

  • Situación de los bienes, equipos y parque automotor, ubicación física de los vehículos

  • Origen y destino de los fondos recaudados por Garantía de Servicios

  • Origen y destino de los fondos recaudados por concepto de responsabilidad social

  • Metodología de cumplimiento de la responsabilidad social

  • Asignaciones de Contratos sin el debido procedimiento (pagos adelantados)

  • Uso de intermediarios para el pago de bienes y servicios

  • Vinculación familiar con empresas proveedoras de bienes y servicios

  • Situación de las estaciones de bombeo y plantas de tratamiento.

Esta solicitud fue hecha con la finalidad de establecer responsabilidades en cuanto al mal manejo y administración de la empresa hidrológica HIDROLARA C.A. por parte de la gestión del entonces gobernador Henri Falcón en detrimento de la población larense.

Sin lugar a dudas el problema del agua fue un factor decisivo para la derrota de Henri Falcón en las elecciones regionales de octubre 2017 así como para el triunfo de Carmen Meléndez, quien asumió el compromiso de devolver la esperanza al pueblo del estado Lara con un gobierno que daría soluciones en lugar de excusas.

Sin embargo actualmente la problemática del suministro del vital líquido no se está solucionando sino que está empeorando. La nefasta gestión de Henri Falcón dejó a HIDROLARA C.A. herida de muerte: no tiene cuadrillas para reparar las filtraciones de agua potable y aguas servidas, no tiene vehículos para trasladar al personal técnico a las comunidades a fin de realizar los diagnósticos y elaborar los planes de trabajo para solucionar los problemas de suministro, no tiene suficientes ingenieros e ingenieras, no tiene recursos para pago de maniobreros, no tiene repuestos, no tiene garantías de seguridad para los operadores y vigilantes, no tiene camiones cisternas para abastecer completamente a las comunidades con problemas de servicio, pero si tiene varios gerentes opositores; en consecuencia, al mantenerse estos factores, la empresa no está en condiciones de garantizar el servicio de agua potable de manera regular y continua a la población larense.

Todo esto sin desconocer y aplaudir la reciente dotación de motores-bomba por parte del extinto Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Agua. Así como las buenas intenciones de la actual presidenta de HDROLARA C.A., Sabrina de Ramírez.

La falta de agua en los cuatro puntos cardinales de Barquisimeto es un hecho público, notorio y comunicacional constantemente denunciado por las comunidades organizadas que origina protestas y cierres de vías casi todos los días.

La carencia del vital líquido obliga a numerosas familias a surtirse mediante la compra de la pipa de 200 litros a camioneros cisterna particulares pagando precios especulativos en alza continua y en efectivo, que en parte proviene de los llenaderos administrados por la empresa hidrológica HIDROLARA C.A.

Debido a dicha problemática, estas familias tienen severas limitaciones para la elaboración de alimentos, el aseo personal y la limpieza de las viviendas, lo cual atenta seriamente contra la salud pública y la calidad de vida.

La situación referida contradice abiertamente los siguientes preceptos legales:

Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela:

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 82. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.

Artículo 83. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios.

Ley del Plan de la Patria 2013-2019:

Objetivo General

5.2.1.6. Continuar impulsando el reconocimiento del acceso al agua potable como un derecho humano en todos los ámbitos nacionales e internacionales.

Ley Orgánica para la Prestación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento (LOPSAPS):

Artículo 3. Los principios que rigen la prestación de los servicios públicos regulados en esta Ley son los siguientes:

b. el acceso de todos los ciudadanos a la provisión de los servicios de agua potable y de saneamiento...

Artículo 6. Parágrafo Único: Se declaran de utilidad pública e interés social el servicio de agua potable, el servicio de saneamiento y las obras afectas para su prestación.

Artículo 36. Los servicios de Agua Potable y de Saneamiento deberán ser prestados en condiciones que garanticen su calidad, generalidad y costo eficiente.

Artículo 65. Los prestadores de los servicios de Agua Potable y de Saneamiento a los que se refiere esta Ley tendrán las siguientes obligaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en normas de carácter contractual:

e. controlar permanentemente la calidad de los servicios prestados de conformidad con las normas correspondientes...

j. conocer y dar respuesta oportuna a las consultas y reclamos de los suscriptores en los plazos que fije el reglamento respectivo...

Artículo 70. Los suscriptores de los servicios públicos a los que se refiere esta Ley tienen derecho, además de los consagrados en la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario, a:

a. Recibir los servicios bajo las normas de calidad establecidas y de acuerdo al respectivo reglamento de servicios...

Ante esta situación, y considerando la actual coyuntura de "guerra integral" desatada por el imperio y la oligarquía con el fin de desestabilizar su gestión como Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, así como la campaña contra la corrupción desplegada por su gobierno, le solicitamos:

1. Designar un equipo político-técnico del Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas para que, en coordinación con el Consejo Estadal del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA), la Gobernación del Estado Lara y el Consejo Legislativo del Estado Lara, impulse el ejercicio de las medidas necesarias, en el marco de la LOPSAPS y las Leyes del Poder Popular, con miras a la inmediata restitución del servicio de agua potable, en condiciones estables y de manera eficiente, a los fines de evitar prejuicios para la salud pública o que se ponga en peligro la sustentabilidad de la prestación del servicio de agua potable y saneamiento en el Estado Lara. Así mismo para evaluar la gestión durante el gobierno de Carmen Meléndez, ejecutar la liquidación de la empresa hidrológica HIDROLARA C.A. y promover la creación de una Empresa de Propiedad Social Indirecta Comunal integrada por el Ministerio de Atención de las Aguas y las Mesa Técnicas de Aguas de las comunas.

2. Apoyar la consolidación y el fortalecimiento del Consejo Estadal del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA) con sus respectivas instancias: Consejo del Poder Popular (Mesas Técnicas de Aguas Comunales, Consejo de Trabajadoras y Trabajadores, Comités de Riego, Usuarias y Usuarios Institucionales, movimientos ecosocialistas,), Consejo Político (Ministerio del Poder Popular de Atención de las Aguas, Consejos de Regiones Hidrográficas, Consejos de Cuencas Hidrográficas, Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Movimientos Sociales, Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, Consejos Locales de Planificación Pública, Consejo Federal de Gobierno, Defensoría del Pueblo) y Consejo de Defensa (Guardia Nacional Bolivariana, Milicia Nacional Bolivariana, cuerpos combatientes).

3. Exhortar a los órganos involucrados a instalar una comisión auditora de alto nivel técnico-jurídico conformada por: el Poder Popular mediante la vocería del Consejo Estadal del Poder Popular para la Gestión Integral de las Aguas (CEPPGA), la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de La República, el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas y la Fiscalía General de la República. Con el objetivo de abrir una investigación a la administración de la C.A. Hidrológica de Lara (HIDROLARA) durante los ocho años de gobierno de Henri Falcón en cuanto a la problemática general existente en la prestación del servicio de agua potable y recolección de aguas servidas a la población larense.


 

 



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