Reestructuración de PDVSA o la entrega de las armas de un gobierno acorralado

Luego de leer detenida y minuciosamente el documento, "Propuesta de Reestructuración de PDVSA", fechado en marzo 2020, suscrito por la Dirección Ejecutiva de Planificación de la Corporación, y enviado a la Comisión Presidencial, Alí Rodríguez Araque; me planteo la siguiente hipótesis preliminar: "Entrega al capital nacional y transnacional, de nuestro principal recurso estratégico, sus actividades primarias e infraestructura, para recibir el apoyo de la nueva burguesía madurista y aliados internacionales del gobierno, violando la CRBV y borrando la impronta de Chávez en el sistema petrolero nacional que dejará de ser independiente y soberano, como resultado de esta reestructuración".

En primer lugar –en el documento- la formulación de los antecedentes, para justificar un proceso de reestructuración de este calibre, que tendrá sin duda, incidencias en los aspectos ideológicos, sociales, políticos y culturales de toda una sociedad, en el futuro, se despacha con tres líneas de 29 palabras, ya que, de ampliarlos quedarían retratados como los que crearon las condiciones objetivas y subjetivas para llevar a la industria a una situación que amerite una reestructuración a su conveniencia.

Es así como, se plantea en antecedentes lo siguiente: "Actualmente la producción de petróleo de Venezuela dejó de ser estratégica para el mundo en vista de la existencia de nuevos productores y la decadencia de la producción nacional"; tal como puede deducirse esconden en un simplismo imposible superar su responsabilidad en la destrucción de la industria petrolera y petroquímica nacional.

 

Y el referirse al objetivo de la propuesta se habla de: "Presentar ante la Comisión Presidencial Alí Rodríguez Araque, una propuesta de reestructuración de PDVSA estableciendo como única prioridad en su gestión, la recuperación en el menor tiempo posible de al menos 1 millón de barriles en la producción de petróleo crudo y gas"; las negrillas son nuestras, se preguntaría mi difunta abuela Barvaera, autodidacta del derecho, válgame Dios: ¿Y con esa estructura no se producían antes del 2013 más de tres millones de barriles por día?. Claro, mi abuela, no sabía nada de petróleo, pero como el jefe de la reestructuración tampoco sabe, hubiese sido una pelea pareja entre dos personajes del derecho, sobre la reestructuración de la Industria Petrolera Nacional.

 

 

Las bases para la "Reestructuración integral de PDVSA y simplificación de su estructura", según el documento en referencia, son esquemáticas y muy específicas: "Eliminación de la participación de PDVSA en negocios no petroleros; "Venta de participación en compañías de PDVSA América"; "Modificaciones en las Empresas Mixtas"; "Modificaciones en los Acuerdos de Servicios Conjuntos", "Recuperación de las refinerías del país bajo un nuevo modelo de negocio y Otras Orientaciones Estratégicas.

 

La eliminación de la participación en negocios no petroleros, es un proceso que se debía hacer progresivamente, conservando el Desarrollo Social, al menos alrededor de los 24 campos petroleros y no poner a la orden del ministerio las 14 empresas de un plumazo, como si todas estuvieran en las mismas condiciones; igual debería ocurrir con la venta de PDVSA América y sus filiales en Ecuador, Bolivia, SUR S.A, Paraguay y Argentina.

El veneno de la privatización en la propuesta está en la creación de las nuevas categorías de "Aguas Arriba", "Aguas Intermedias" y "Aguas Abajo", manejadas a través de una sola empresa CPV, donde los negocios se concretarán a través de empresas mixtas, Licencias, y Esfuerzo propio; pero bajo la figura de Acuerdos de Servicios Conjuntos. ¿Es o no es esfuerzo propio?

En concreto, y de manera general, de la unificación de PDVSA Petróleo y CVP, solo queda CVP, para realizar la exploración, producción, acondicionamiento, procesamiento, transformación y despacho de hidrocarburos tanto líquidos como gaseosos, esto en el marco de la rimbombante "Nueva Dinámica del Negocio Integrado", acuñada por los ideólogos de la propuesta.

Se crea PDVSA Euroasia SA, de la cual depende PDVSA Rusia y se le adscriben organizaciones de Europa. ¿Qué tal?

 

Por otra parte, se plantea "recuperar las refinerías del país bajo un nuevo modelo de negocio que permita el otorgamiento de licencias a empresas privadas y públicas con acceso tanto a los fondos de capitales, así como también tecnologías", no hay duda alguna en esta reestructuración, todo será entregado al privado"

 

 

Claro, estas bases chocarían con varios estamentos legales, asociados a la Ley Orgánica de Hidrocarburos, y al Decreto 5200, sobre la "Migración a Empresas Mixtas de los Convenios y Asociaciones de FPO, así como los Convenios de Exploración a Riesgos y Ganancias Compartidas" y donde ese establece 60% mínimo del capital del estado, en cualquier negociación; por lo que se recomienda en el documento, en lo jurídico, las modificaciones de los Artículos 22, 27 y 57 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos; y hábilmente, en ningún momento hacen alusión al Artículo 9 de esta Ley, ya que, este artículo es el que conecta al 22, 27 y 57, antes mencionados con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Veamos los aspectos ideológicos, legales, constitucionales, jurídicos, políticos y técnicos de la propuesta:

Aspectos ideológicos

La reestructuración de cualquier organización del estado, máxime si es de carácter estratégico como PDVSA, se realiza en función del juego que se quiera jugar; ya que, es el juego ideológico, político y social que orienta como organizarse, en un determinado contexto, para cumplir funciones medulares en este caso de una industria; por lo tanto, el nuevo papel de PDVSA, su nuevo juego, según el documento será focalizado a lo financiero, que es lo que preocupa al gobierno, en su pésima e interesada lectura de la realidad económica, social y política de la nación, que los lleva a sacrificar la soberanía violando la Constitución, la Ley Orgánica de Hidrocarburos y varios Decretos de carácter orgánico.

El gobierno necesita ofrecerle algo sustancioso a sus aliados nacionales e internacionales (Rusia, China, Cuba, Turquía e Irán principalmente), en su doble moral, en el gobierno consideran que hay imperialismos buenos e imperialismos malos.

Aspectos legales y constitucionales en la Propuesta

La modificación de los artículos 22, 27 y 57, que analizaré más adelante, planteados en la propuesta, les permitirá a los reestructuradores, el uso de nuevas categorías, para la negociación, tales como, "aguas intermedias", "Acuerdos de Servicios Conjuntos" y "Contratos de Servicios Conjuntos" entre otros; y más allá de violar la Ley Orgánica de Hidrocarburos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus Artículos 302 y 303, así como el Decreto 5.200, son los condicionantes que garantizan la entrega de la soberanía del estado en materia de sus recursos estratégicos, como lo son el gas y el petróleo, incluyendo los 24 campos petroleros del país.

Un breve análisis, un tanto atrevido para un aficionado del derecho, de los Artículos de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, que deben ser modificados en el marco de la reestructuración urgente, que se requiere de PDVSA, según el Gobierno Nacional, de manera urgente. A quienes les recomiendo bajar el desespero, la impaciencia febril por ver resultados no es buena consejera, menos sin uno está entre la espada y la pared,

Artículo 9 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH)

"Las actividades relativas a la exploración en busca de yacimientos de los hidrocarburos comprendidos en esta Ley, a la extracción de ellos en estado natural, a su recolección, transporte y almacenamiento iniciales, se denominan actividades primarias a los efectos de esta Ley. De conformidad con lo previsto en el artículo 302 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las actividades primarias indicadas, así como las relativas a las obras que su manejo requiera, quedan reservadas al Estado en los términos establecidos en esta Ley."

Las negrillas son nuestras; este Artículo 9 de la LOH, tiene dos grandes atributos en mi perspectiva, por un lado, conecta los Artículos a ser modificados con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y por el otro, establece taxativamente, que las actividades primarias quedan reservadas al estado, lo cual garantiza la soberanía de la nación sobre los recursos.

El Artículo 22 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos(LOH)

"Las actividades primarias indicadas en el artículo 9 de esta Ley, serán realizadas por el Estado, ya directamente por el Ejecutivo Nacional o mediante empresas de su exclusiva propiedad. Igualmente podrá hacerlo mediante empresas donde tenga control de sus decisiones, por mantener una participación mayor del cincuenta por ciento (50%) del capital social, las cuales a los efectos de esta Ley se denominan empresas mixtas. Las empresas que se dediquen a la realización de actividades primarias serán empresas operadoras".

En este Artículo la modificación propuesta en la reestructuración, según el documento, está destinada a eliminar la limitación del 50% mínimo, para que las empresas mixtas puedan tener capital estatal privado y los privados participen con cualquier proporción. Por más que se tongoneen siempre se les ve el bojote.

Artículo 27 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos

"El Ejecutivo Nacional podrá mediante Decreto en Consejo de Ministros, crear empresas de la exclusiva propiedad del Estado para realizar las actividades establecidas en esta Ley y adoptar para ellas las formas jurídicas que considere convenientes, incluida la de sociedad anónima con un solo socio"

Artículo 57 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos(LOH)

Las actividades de comercialización de los hidrocarburos naturales, así como la de los productos derivados que mediante Decreto señale el Ejecutivo Nacional, sólo podrán ser ejercidas por las empresas a que se refiere el Artículo 27 de la presente Ley. A tal efecto, las empresas mixtas que desarrollen actividades primarias sólo podrán vender los hidrocarburos naturales que produzcan a las empresas a que se refiere el Artículo 27 de la presente Ley.

 

La modificación en este Artículo, de acuerdo al documento está destinada a que se retires la "limitación que las empresas mixtas que ejerzan actividades primarias de la industria petrolera sólo podrán vender los hidrocarburos naturales que produzcan a las empresas de la exclusiva propiedad del Estado Venezolano" ‘¿Así? O más clara la entrega.

 

 

En los Artículos 22, 27 y 57, de la LOH, lo encerrado en las negrillas, son la esencia de la soberanía en el manejo de los hidrocarburos (petróleo y gas), al estar conectados con la CRBV en los Artículos 302 y 303 de nuestra Carta Magna, no resultaría extraño, que el TSJ, ante la inexistencia de la separación de poderes, reinterprete todo este articulado cuando se lo ordene el Ejecutivo Nacional.

 

 

Artículo 302. El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.

 

 

Artículo 303. Por razones de soberanía económica, política y de estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela, S.A., o del ente creado para el manejo de la industria petrolera, exceptuando las de las filiales, asociaciones estratégicas, empresas y cualquier otra que se haya constituido o se constituya como consecuencia del desarrollo de negocios de Petróleos de Venezuela, S.A.

 

Ambos artículos de la constitución, tienen bajo fuego cruzado a sus alfiles, torres, caballos y peones, como son las Leyes Orgánicas, Decretos con Rango de Ley Orgánica y otros dispositivos que resultan atropellados en la reestructuración.

Aspectos políticos y sociales

La participación activa y protagónica del soberano, como anclaje de la democracia en la transición al socialismo, al que se acercó Chávez, es sustituida por una cúpula de ineptos, corruptos y torturadores, que seguro dirán en cualquier momento, a través del Vice Presidente Jorge Rodríguez, que el 90% de los venezolanos manifestó a través del Sistema Patria que están plenamente de acurdo con la reestructuración, siendo que, la reestructuración, según el documento, eliminará lo no petrolero, entre estos, por supuesto, todas las organizaciones que al interior de la industria aportaban al desarrollo social de la nación.

Los aspectos tecno políticos de una Reestructuración

En toda organización, donde la compleja naturaleza humana juega un papel relevante, la cercanía al éxito de una reestructuración está asociada a la posibilidad de la creación de condiciones socio políticas, económicas y psicológicas favorables a esta.

Los espacios de las estructuras futuras, en el curso de una reestructuración, serán ocupados por hombres y mujeres de carne y hueso, con sentimientos, expectativas y aspiraciones, que de no estar convencidos del proceso serán los principales enemigos de la reestructuración, fundamentalmente en la desobediencia pasiva. ¿Tienen idea los reestructuradores, sobre todo, su Coordinador, el Abogado Tareck EL Aissami, Vicepresidente del Área Económica y Ministro de Energía y Petróleo, lo que le costó al país a través de la Mc Kinsey, transformar a Lagoven, Maraven y Corpoven en lo que hoy es PDVSA, ¿por las diferencias existentes entre tres culturas gerenciales?

No obstante, a lo planteado, el documento se dice que la reestructuración es de urgencia, por lo que me imagino, que será realizada a través de la represión, la amenaza, encarcelamientos y torturas, como hasta ahora se actuado en la industria petrolera y petroquímica nacional, en la actual gestión de gobierno.

Finalmente pedirle a todo venezolano o venezolana, con independencia de ideología o posición política, e incluso a quienes defienden al gobierno, y se les respeta su posición, reflexionar sobre estos aspectos, que si ponen en serio peligro la patria y la soberanía nacional.

A quienes se dicen Chavistas, que si confían en el pueblo, que entiendan claramente, que la reestructuración planteada en PDVSA, desde la perspectiva del gobierno, es seguir torciendo al rumbo demarcado por el Comandante Chávez en el Plan de la Patria y en el manejo soberano de nuestros recursos estratégicos.

 





 

 



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Roger Lázaro


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