Economista criollo da su apreciación sobre la aplicación del Proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio en Venezuela

"El que tiene rabo de paja que no se acerque a la candela" Refrán

INTRODUCCIÓN

En el marco de la discusión del Proyecto de Ley Orgánica de Extinción de Dominio aprobada en primera discusión por la Asamblea Nacional el pasado 30 de marzo de 2023, se ha abierto un debate nacional sobre su viabilidad constitucional y aplicación dentro del marco legal venezolano.

En lo particular, ésta Ley Orgánica me gusta, porque abre la oportunidad a todos los venezolanos de contribuir en la lucha y persecución de actos de corrupción y enriquecimientos ilícitos en el país. Da paso para que se creen organizaciones sociales o movimientos de lucha contra ese flagelo pernicioso, que es la principal falla estructural de la economía venezolana, que involucra a funcionarios públicos, empresarios, testaferros, incluso, a bandas criminales.

Tan solo con delatar a nuevos ricos, a sospechosos de poseer dinero mal habido, sobre todo a funcionarios del Estado, sus familiares o amigos, que de la noche a la mañana aparecen con carros lujosos, compras de inmuebles, comercios y otros tipos de bienes activos que develen que provienen de medios ilícitos, palpables pecuniariamente, dará paso a investigaciones judiciales y la apertura de procesos de confiscación o extinción de dominio de esos bienes por parte del Estado.

En la presentación del Proyecto de Ley por parte del Diputado Diosdado Cabello, leyendo el texto, dijo "ésta ley permite enajenar a título oneroso los bienes vinculados con actividades ilícitas luego de acordada la extinción de dominio y destinar los recursos obtenidos a alimentar el Tesoro Nacional". Sin Compensación ni contraprestación alguna.

Por su parte, el presidente del Parlamento Nacional, el diputado Jorge Rodríguez explicó "que esta ley anula todos los bienes adquiridos a través de actos ilícitos y, en consecuencia, los delincuentes pierden derechos sobre los mismos mediante el inicio del proceso de averiguación penal, que comprende toda la estructura financiera del crimen organizado."

El Artículo 15 de ésta Ley se garantiza y protegen los derechos humanos, reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales suscritos y ratificados por Venezuela, que resulten inherentes a su naturaleza.

No obstante, consideramos que en ésta ley debe establecer mecanismos de protección y seguridad física y familiar para todas aquellas personas que quieran delatar a aquellos funcionarios públicos, familiares o sus testaferros.

POLÉMICA EN EL CAMINO DE SU APROBACIÓN

De seguro ésta ley creará polémica en su discusión y posterior aplicación (Reglamento de Ley), debido a que estaría aplicando lo que en otros países se denomina el "decomiso sin condena". Una ley que a su vez , abre la posibilidad de convertirse en una medio para conformar redes de informantes populares, en un sistema de "casería de brujas", o red de inteligencia, parecida a la extinta Ley de Inteligencia y Contrainteligencia Militar, popularmente conocida como Ley Sapo, que fuera aprobada el 28 de Mayo de 2008, y rápidamente derogada por el presidente Hugo Chávez (14 días después de su publicación) por presión de algunos movimientos de defensa de derechos humanos de la derecha venezolana como Foro Penal que dirige Alfredo Romero.

¡Claro que los corruptos de la IV y de la V República le temen a la aprobación de ese Proyecto de Ley Orgánica en esos términos!

No obstante es una ley revolucionaria, que realmente es una deuda que tenía la legislación venezolana con respecto a América Latina. Se aplica en varios países latinoamericanos, entre ellos Argentina, Perú, Bolivia, Honduras y Colombia.

También, podría dar pie a la conformación de redes de extorsiones contra funcionarios públicos que de manera ilegal, aprovechando el tráfico de influencia o la apropiación indebida en el manejo de recursos del Estado, hayan obtenido su fortuna en los últimos años. De seguro hay muchos dentro del sistema político del país.

ENTRA EN DEBATE NACIONAL DONDE TODOS PUEDEN APORTAR SUS RECOMENDACIONES

Es una Proyecto de Ley perfectible, dado que está aprobado en primera discusión y ahora entra en un debate nacional, por tanto, está sujeta a recomendaciones para mejorarla, adaptarla y corregir cualquier contradicción con los principios y normas que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Por ejemplo, no queda claro el tema de la retroactividad en su aplicación, que la Constitución lo prohíbe.

Asimismo, debe establecerse los límites de su aplicabilidad para garantizar el principio constitucional de presunción de inocencia, que es el derecho fundamental que tienen todos los investigados en un proceso penal de ser tratado como si fuera inocente hasta que sea condenado por una sentencia. Éste principio junto al derecho a recurrir del fallo, son bases del sistema penal en los países democráticos (Artículo 49, CRBV).

De igual forma, debe establecer los límites en la actuación judicial para garantizar el cumplimiento del mandato constitucional referente al proceso de confiscación establecida en el Artículo 116, donde se prevee la necesidad de una sentencia firme. Por ser éste el elemento más polémico que contiene el Proyecto de Ley Orgánica de Extensión de Dominio lo presentamos de manera textual a continuación:

Artículo 116. No se decretarán ni ejecutarán confiscaciones de bienes sino en los casos permitidos por esta Constitución. Por vía de excepción podrán ser objeto de confiscación, mediante sentencia firme, los bienes de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, responsables de delitos cometidos contra el patrimonio público, los bienes de quienes se hayan enriquecido ilícitamente al amparo del Poder Público y los bienes provenientes de las actividades comerciales, financieras o cualesquiera otras vinculadas al tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas y estupefacientes.

ES UNA LEY MODELO A NIVEL INTERNACIONAL

Lo cierto, es que el Proyecto de Ley presentado por el diputado Diosdado Cabello es un modelo jurídico de aplicación general avalado por la Organización de Naciones Unidas para todos sus países miembros, siempre y cuando no colida con los preceptos Constitucionales.

De igual manera, es un modelo jurídico aprobado por el Parlamento Latinoamericano en el 2018, que varios de sus países miembros han ratificado en su Parlamento Nacional y la están ejecutando. Entre otros, faltaba Venezuela.

Ojalá la aprueben de manera rápida y que el "Caiga Quien Caiga" en la lucha contra la corrupción sea de verdad. Pero, esperamos que su aplicación no se distorsione y más bien sea utilizada para pasar facturas y perseguir a la disidencia política en el futuro. Es decir, se actúe de "Mala fe".

Por ejemplo, que venga algún político de Gobierno u opositor a acusar a un empresario – político de que sus riquezas la obtuvo de la corrupción, les quiten sus activos, y luego, con el juicio largo se demuestre lo contrario. Eso sería la propia casería de brujas y se estaría violentando los derechos humanos por fines políticos.

¡CAIGA QUIÉN CAIGA!

Si el Presidente de la República y el Psuv quieren aumentar la popularidad en tiempos preelectorales presidenciales, y en el marco de la política anticorrupción "Caiga quien Caiga", instalaría el Tribunal Disciplinario del Partido en todas los Estados y comenzaría a pedirles cuentas a todos aquellos dirigentes nacionales, regionales y municipales, que andan con sus familiares y amigos mostrando opulencia, en camionetas, carros o motos de lujo no gubernamentales, con zapatos, celulares y ropas caras, que compraron apartamentos en zonas costosas, hoteles, fincas, hatos, restaurantes, comercios o bodegones en zonas de lujo, de manera injustificada, en tiempos de la guerra económica y bloqueo imperial.

Que revisen a cada uno de esos altos dirigentes que ahora se muestran opulentos de la noche a la mañana, que muchos de ellos son diputados nacionales o regionales, concejales, viceministros, presidentes de instituciones, entre otros cargos de alto nivel en la Administración Pública. "No es casería de brujas" o persecución con fines político; ni querer confundir un emprendimiento familiar con la corrupción. Es pedirles cuentas a algunos dirigentes de cómo amasaron riquezas o fortunas de un día para otro.

Estoy casi seguro que ocurriría una estampida y una excelente purga dentro de las estructuras del Partido en todos sus niveles, cuyo principal lema es ser socialista, revolucionario y antiimperialista.

De esa forma se estaría remoralizando a esa base chavistas, honesta y humilde, que ¡Siempre Son más!, y que han defendido la causa revolucionaria de forma honesta y ética en todos sus niveles en tiempos de bonanza y de dificultades.

RECORDAR LAS CANCIONES DE ALI PRIMERA EN SU DESMAN CONTRA LA CORRUPCIÓN

Como diría el cantor del pueblo, Ali Primera,: "Abrebrecha, compañero, que ya sopla el viento de agua, y que hay que espantar el perro, antes que se eche la miada".

¡Caiga quien caiga!

¡Amanecerá y veremos!



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Andrés Giussepe

Doctor en Gerencia, Especialista en Política y Comercio Petrolero Internacional y Economista de la Universidad Central de Venezuela. Secretario Nacional del Movimiento Profesionales de Venezuela.

 agiussepe@gmail.com

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