El despido del contratado

Empecemos por precisar lo que es un Contrato Laboral, puesto que ésta obligación se da por establecida una vez firmada por las partes interesadas; este acuerdo público o privado puede considerarse sobre su materia o cosa determinada, donde se generaría derechos y obligaciones por las partes. Pero hablemos del “Contrato Laboral” o el llamado “Contrato Individual de Trabajo”, es aquel, por el cual una persona se denominará el “Trabajador” y se obligará a prestar un servicio para una persona natural o jurídica, este último se llamaría el “empleador”, habiendo una dependencia y subordinación; a su vez, el patrón o empleador se obligará a pagar por los servicios con una remuneración determinada. El Contrato Laboral debe tener por lo menos objeto, causa, forma y en alguno de los casos elementos accidentales, no necesariamente el acuerdo laboral pudiera establecer un lapso perentorio, puesto que las clausulas del contrato regirá las condiciones para rescindir o continuar dicho convenio; es por ello que en mucho de los contratos no se establece tiempo determinado, y es aquí donde estos acuerdos son denominados como “contratos indeterminados”. Ahora viene la parte honesta de las cosas; en Venezuela se está desarrollando un nuevo modelo político-social-económico, con carácter e ideología esencialmente socialista, donde ya lo político está “consolidado”, pero nos quedaría lo social y económico, ésta última aún persistente del modelo capitalista, luego están las instituciones gubernamentales, las que ejercen funciones propias para contratar con terceros servicios de distintos elementos; no obstante, nuestras instituciones son políticamente socialistas, pero una gran parte de ellas todavía se realizan contratos laborales con carácter capitalistas, pues esa es la incongruencia que existe cuando a veces el sentido socialista lo dejamos para la retorica y no para las acciones. Queridos lectores analíticos y aquellos despedidos contratados y despedidas contratadas, no es cuestión de debatir si el despido fue justificado o no, ya que hasta ahora sabemos que un contrato con fecha determinada tiene como justificación prescindir su continuidad al momento de su vencimiento, la discusión está en que las contrataciones aún se hacen con un sentido capitalista, donde no se consideran muchos derechos en el trabajador, de hecho, el “contrato” laboral, sólo con el dispuesto de ser contrato ya hay una premeditación hacia el trabajador, es decir, que hay intenciones hacia el obrero en darle fin a su relación laboral en un tiempo determinado, de ésta manera se le colocaría ataduras a su continuidad, sin importar su condición posterior, quedando el trabajador en fin como el heredero del esclavismo, porque un contratado tendrá siempre la inquietud de que su contrato será o no prorrogado, afectando hasta psicológicamente al empleado en cuidar mucho su trabajo al punto de que más que un subalterno sea un “sumiso” laboral, porque sencillamente no habrá una garantía sobre el derecho al trabajo, es por eso que “todos y todas las personas tienen derecho al trabajo y el deber de trabajar; puesto que el Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho; es fin del Estado fomentar el empleo”. Este resume está extraído del artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, entonces será que aún nos violan los Derechos laborales desde algunas instituciones gubernamentales confiriéndoles al obrero contratos leoninos, pues, como socialista que somos debemos extirpar con esas practicas cuarta republicanas y garantizarle a nuestros trabajadores el derecho al trabajo con “contratos colectivos sociales laborales”, para que no siga existiendo desde nuestras instituciones la explotación de hombre por el hombre y mujer por la mujer, sin descalificaciones de “manos de obra” porque es la mente que piensa y no las manos, ellas son sólo una herramienta. Por otro lado, parece un exabrupto plantear luego de un despido masivo pre-intencionado como medida para paliar la “crisis” una propuesta de “empréstito social”; sin embargo, en ningún momento el Presidente habló de despidos laborales, más, resolvió aumentar el sueldo en un 20% como igual hizo la ALCALDÍA BOLIVARIANA DE MIRANDA, es decir, que tal propuesta pareciera que fue extraída del submundo de las improvisaciones guasonas estólidisticas, el cual esa decisión generaría como el capitalismo pobreza y economía informal.. De seguir estas acciones sin pasión, les augurios que nuestro pueblo se estará organizando sabiamente para ser libre con el CORAZÓN DEL LEÓN.





Estudiante de Estudios Jurídicos

carlosg2021@yahoo.com


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Carlos Gutiérrez


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