Una tarea común (II)

Participación popular y poder público:

Creo que aún deben sancionarse instrumentos como la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Poder Popular y la Ley Orgánica de Ordenación y Desarrollo Territorial, que junto con la mencionada Ley Orgánica de los Consejos Comunales, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral y la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, que ya están promulgadas y en plena vigencia, dotarían de un verdadero marco legal a esta relación entre el Poder Popular y los Poderes Públicos del Estado Venezolano.

La Constitución Bolivariana promueve y valora el rol constituyente del pueblo organizado. Lo considera imprescindible para la búsqueda y consolidación de un Estado de justicia que garantice el equilibrio social, político, económico y territorial del país.
 
el modelo de democracia participativa, protagónica, deliberativa y cogestionaria apunta a la conformación definitiva de una sociedad justa, que se desligue totalmente del modelo de democracia representativa y vertical que impusieron los partidos políticos que dominaron Venezuela desde 1958, y que contribuyeron de manera perniciosa, al secuestro de la participación ciudadana y a la configuración de un Estado excluyente y burocrático, que no respondía a las demandas del pueblo.
 
Por eso, nuestras premisas y fundamentos descansan sobre:
 
1.- La instrumentación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a través de la promulgación de Leyes por parte de la Asamblea Nacional, sustentada ellas en un conjunto de valores y principios que le den no sólo legalidad, sino legitimidad a nuestro modelo y en la construcción de la hegemonía socialista en Venezuela. Por ello el enemigo esta claro, y nosotros debemos estarlo, y he ahí, a pesar de la coyuntura electoral del próximo 26 de septiembre, los caracteres estratégicos que la misma adopta, y la importancia capital para nuestra Revolución Bolivariana de no sólo conservar la mayoría, sino de que ésta sea por lo menos de los 2/3, es decir, una mayoría calificada y aplastante a prueba de saboteos por parte de los posibles parlamentarios que pudieran sacar las oposiciones en Venezuela (siempre y cuando éstos señores no les de un ataque de culicardia y se retiren como lo hicieron en el año 2005).
 
2.- La instrumentación de las metas y objetivos de la Nación, los cuales están contenidos en el Plan Económico y Social de la Nación 2007-2013, o como es popularmente conocido este primer plan socialista de la Nación, "El Proyecto Nacional Simón Bolívar", a través de la rectoría del Ministerio del Poder Popular de Economía y Planificación, a través de los diversos proyectos, planes, programas, obras, etc., que deben ser relativos y que debe tener flexibilidad en el espacio y en el tiempo, aún cuando ello no impide la celeridad necesaria y la calidad que se necesita, tal y como el mismo Comandante-Presidente Chávez lo ha señalado en innumerables oportunidades.
 
3.- El proceso de transferencia del Poder al Pueblo, que debe ser el objetivo del Estado Venezolano en todos los Poderes que lo conforman y en sus respectivos niveles, y que debe tener un carácter siempre progresivo.
 
4.- Y el proceso de cogestión o corresponsabilidad que esta claramente establecido a lo largo y ancho de nuestra Carta Magna.
 
La Constitución Bolivariana atribuye claramente un nuevo rol para el Estado Venezolano, cuyos términos de actuación están subordinados al marco de una democracia protagónica.
 
En el artículo 141 encontramos la clave que debe inspirar la refundación de nuestras instituciones, y que abre el espacio para definir una relación dinámica y flexible con el Poder Popular:
 
Artículo 141: La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.
 
Es por ello que las ideas políticas fundamentales de nuestro proceso revolucionario se encuentran en la Constitución Bolivariana y en las distintas leyes y reglamentos que se han venido aprobando desde 1999. Sin embargo, para poder articular una propuesta integral de refundación de los Poderes Públicos del Estado Venezolano, bajo los términos que explicita el artículo 141, debemos perfilar una verdadera filosofía, un cuerpo ideológico que nos permita darle una dirección precisa a estos cambios. Considero que los principios de participación y cogestión impulsados por nuestra Carta Magna deben tener por objetivo alcanzar las ideas fundamentales que están presentes en el Plan de la Nación propuestos por el entonces Ministerio de Planificación y Desarrollo y hoy Ministerio del Poder Popular de Economía y Planificación; en sus equilibrios social, económico, territorial, político e internacional; y también en los distintos lineamientos estratégicos que ha establecido el ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.
 
Estas directrices nos permitirán orientar la acción del Estado Venezolano, y allanar el camino a la consecución de los objetivos planteados: impulsar la creación de una red del Poder Popular que mantenga en sus pensamientos y en sus acciones, los predicados de nuestra revolución bolivariana: participación y cogestión.
 
Patria Socialista o Muerte!!!
Venceremos y Estamos Venciendo!!!

 (*)  Abogado, Analista Político y militante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Moderador del Programa Informativo y de Opinión "Micrófono Abierto", transmitido de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM. www.juanmartorano.blogspot.com http://www.juanmartorano.tk/ 

cuenta twitter @juanmartorano30 .  



Esta nota ha sido leída aproximadamente 7053 veces.



Juan Martorano (*)

Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.

 jmartoranoster@gmail.com      @juanmartorano

Visite el perfil de Juan Martorano para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: