¡Juan Guaidó Presidente de Venezuela!

De acuerdo al dictamen del Parlamento Europeo, sumado a Estados Unidos de Norteamérica, y el Grupo de Lima, Juan Guaidó es el Presidente de Venezuela.

Ya ese dictamen es definitivo y por lo menos lo califican como presidente interino, al menos para lavar la cara mediáticamente a la violación del derecho internacional público generada en contra de nuestra patria.

El basamento de este descalabro es según los injerencistas extranjeros es el artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cierto que el Presidente es de la República Bolivariana de Venezuela, como lo establece nuestra Carta Magna, y si se utiliza el artículo 233 de la misma el Presidente de la Asamblea Nacional que asuma la Presidencia de la República tiene por objetivo convocar y hacer en los próximos 30 días elecciones generales, secretas y universales para elegir a un Presidente que complete el periodo presidencial, en este caso 2019-2025.

En primer lugar, cuáles implicaciones tiene la aplicación del artículo 233 Constitucional:

1.- El Reconocimiento de las Elecciones Presidenciales del año 2017 para el periodo 2019-2025: El artículo 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela parte de un supuesto fundamental, que haya ocurrido una elección de presidente y que el que haya salido electo por alguna de las causas señaladas en dicho artículo no pueda ejercer la presidencia.

2.- Si las elecciones presidenciales 2017 son reconocidas, Nicolás Maduro es el Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, porque fue el ganador de esas elecciones 2017.

3.- Si las elecciones 2017 son legales y Nicolás Maduro es el Presidente, no hay necesidad de nuevas elecciones presidenciales.

En segundo lugar, cuáles son las acciones que debe realizar el Presidente Interino:

1.- Convocar a las nuevas elecciones Presidenciales para completar el periodo presidencial 2019-2025

2.- Mantener el funcionamiento del Ejecutivo Nacional durante los 30 días que dure las elecciones presidenciales.

Y por último, que pasará una vez hecha la nueva elección presidencial:

1.- El nuevo presidente completará el periodo presidencial, 2019-2025

2.- Continuarán todas las instituciones del Estado.

3.- El nuevo Presidente estará sometido a la Asamblea Nacional Constituyente, a la Constitución de la República que ésta presente al Pueblo y que este mediante votación apruebe y si por el cambio de las figuras e instituciones jurídico-políticas constitucionales son necesarias nuevas elecciones presidenciales cesará y volverá a someterse el cargo presidencial al escrutinio del Pueblo.

Y ¿Cuál ha sido la Actitud y el Desempeño de Guaidó y quienes le acompañan?

En primer lugar, no se ha presentado a tomar la silla presidencial. Siendo presidente debería estar en el despacho, girando instrucciones al Ejecutivo Nacional.

Luego, debería estar llamando a elecciones presidenciales para completar el periodo 2019-2025, pero hasta ahora no hay el primer llamado de Guaidó, ni tampoco se ha dirigido al Consejo Nacional Electoral para este proceso electoral que si se cuenta desde el 10 de enero de 2019 ya tiene del lapso de 30 días constitucional, 21 días agotados.

Juan Guaidó se presentó en una sala de reuniones de la UCV para presentar al País el Plan de Salvamento de Venezuela, en el que anuncia todo un plan que no es su función, pues el dispositivo constitucional es claro y preciso se trata de hacer elecciones presidenciales dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que supuestamente ocurrió la falta absoluta del Presidente Constitucional de la República.

Y así continua mostrando su carácter inconstitucional, ilegítimo y contumaz, avalado internacionalmente por un grupo de países con intereses netamente económicos que los asocian en la empresa de la toma de Venezuela.

Desde la Asamblea Nacional se hacen eco de las expresiones de los personeros de gobiernos extranjeros con expresiones como "transición" y "amnistía" como si por la designación de un Presidente en cumplimiento del artículo 233 constitucional, cesan todas las instituciones del Estado.

Y así el Presidente instituido por Donald Trump, trae a eruditos de la economía que manifiestan la necesidad de un préstamo internacional por 25 mil millones de dólares, (parece que Mendoza se pasó con los 70 mil millones que pensaba pedir prestados, y ni hablar de Falcón y Bertucci que calculaban 50 mil millones de moneda verde).

Pero, perdón por la pregunta ¿Y si a Venezuela le tienen nada más los Belgas retenidos 20 mil millones de dólares, los Estados Unidos 7 mil millones de dólares y en Inglaterra nos tienen 30 toneladas de oro, ¿para qué necesitamos un préstamo de 25 mil millones de dólares? No cabe duda que el equipo económico del nobel President está a la altura de los grandes eruditos de la economía, de aquellos que nos hundieron en la pobreza y el hambre mientras se quedaban con los dólares los oligarcas de siempre.

Desde ya desconocen las instituciones, todos los poderes públicos, están al vilo con estos señores, quienes desconocen por completo incluso a la propia Constitución, lo cual es claro porque su génesis es inconstitucional y sus objetivos siempre han sido: destruir la Revolución Bolivariana, derogar la Constitución como lo quisieron hacer en el año 2002, y sumir a nuestro país en una vorágine sin precedentes.

La irresponsabilidad de los personeros de la oposición está sumiendo a nuestro país a una crisis que está dando al traste con la vida de los venezolanos y venezolanas, todo bajo la bandera de unas elecciones libres, sometiéndonos a la posibilidad de una invasión extranjera, al genocidio producido por el bloqueo que ellos mismos han solicitado pública y notoriamente, con la violencia de sus guarimbas en las que utilizan hasta a menores de edad, y todo para sacar a la Revolución Bolivariana del Poder.



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Allans Clavijo

Abogado. Miembro del colectivo de la Radio Senderos de Antímano en Caracas. Profesor de la Misión Sucre.

 allansclavijo@gmail.com

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