La Propiedad Económica y la Propiedad Jurídica

En orden de importancia social, la propiedad económica lleva la delantera. Desde antes de la invención de la escritura, desde antes del Contrato Social rusoniano, desde antes de los constitucionalistas y del burocratismo contemporáneo, ya existía la propiedad económica de los principales medios de producción, de la tierra de labrantío, de las mineras y de los valles habitables.

Desde luego, la propiedad jurídica o la del papeleo burocrático acompaña vinculadamente a la propiedad económica. Digamos que ésta queda convalidada mediante aquella, sobre todo para efectos ante terceros, para la transmisibilidad y para legados, préstamos, arrendamientos, donaciones y sucesiones en general.

Los patriarcas, caciques, esclavistas y feudales, los latifundista de cualquier magnitud, todos esos explotadores fueron propietarios económicos en el bien entendido de que a ellos pertenecieron los frutos y el uso de la tierra poseída. La propiedad jurídica tardó en conocerse y admitirse con la confiablidad que estaba en juego.

Pero para usar y usufructuar cualquier bien proveniente de la Naturaleza, aun en condiciones de producción silvestre, es necesaria la presencia de la labor humana, del trabajador, antes esclavo, luego siervo y modernamente cachifo, funcionario público y asalariado. Antigua y modernamente los recolectores y pescadores en tierras ajenas realizaban y realizan esa labor a favor de sus propietarios, y a pesar de no agregar valor alguno no por eso dejaron de ser explotados por los propietarios económicos de marras y de ahora mismo.

Los propietarios económicos modernos son los grandes propietarios del dinero, de la banca privada, de grandes extensiones de tierra, de la tecnología teórica o patentada, de las principales acciones de las compañías anónimas transnacionales monopólicas y paramonopólicas de alto giro.

Los empresarios con acciones en menor número, los de pequeños capitales y aquellos que reciben financiamiento de otros capitalistas son simples propietarios jurídicos. Por lo general, su propiedad es transitoria, inestable y en constante riesgo de ser tragada por el prestamista del caso o por el competidor de mayor capital.

Un ejemplo importante de propiedad económica actual es la propiedad del Fisco Nacional. Ningún burócrata puede apropiarse jurídicamente ni de un centavo de dinero patrimonial del pueblo, del Erario Público. Sin embargo, los principales burócrata, gobernantes , pueden y de hecho es lo que suelen hacer, cuantifican mediante impuestos al trabajador, disponen, traspasan, Administran, reparten, prestan sin garantía, donan, condonan, todo a su entero arbitrio, y despilfarran y malversan la fortuna que pasa por el Fisco Nacional sin mayor cortapisa que las disponibilidades instantáneas y futuras de la Hacienda Pública. Hasta se dan el tupé de endeudar al país para ellos poder seguir disfrutando de comodidades y del proselitismo que lo elige o reelija.

Y un importante ejemplo de propiedad jurídica es la del salario de los trabajadores capitalistas y la remuneración de los funcionarios públicos de mediano y bajo rango burocráticos, carentes de poder decisorio salvo para ir las urnas a votar precisamente por quienes sí terminan adueñándose económicamente del Patrimonio Nacional.


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Manuel C. Martínez M.


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