La Reforma del artículo 318 de la Constitucion de la República Bolivariana de Venezuela

Este es otro de los artículos en los que la oposición, sobre todo las "vacas sagradas" de sus economistas quieren sembrar de desconfianza al pueblo, en cuanto a la reforma de este artícuo, el cual reza textualmente así: “Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El objetivo fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República.

El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. El Banco Central de Venezuela ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las tasas de interés, administrar las reservas internacionales, y todas aquellas que establezca la ley”.

La propuesta de reforma esta planteada así: "El sistema monetario nacional debe propender al logro de los fines esenciales del Estado Socialista y el bienestar del pueblo, por encima de cualquier otra consideración.

El Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela, en estricta y obligatoria coordinación, fijarán las políticas monetarias y ejercerán las competencias monetarias del Poder Nacional.

El objetivo específico del Banco Central de Venezuela, conjuntamente con el Ejecutivo Nacional, es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de los tratados que suscriba la República.

El Banco Central de Venezuela es persona de derecho público sin autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas correspondientes y sus funciones estarán supeditadas a la política económica general y al Plan Nacional de Desarrollo para alcanzar los objetivos superiores del Estado Socialista y la mayor suma de felicidad posible para todo el pueblo.

Para el adecuado cumplimiento de su objetivo específico, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones, compartidas con el Poder Ejecutivo Nacional, las de participar en la formulación y ejecución de la política monetaria, en el diseño y ejecución de la política cambiaria, en la regulación de la moneda, el crédito y fijación de las tasas de interés.

Las reservas internacionales de la República serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente o Presidenta de la República , como administrador o administradora de la Hacienda Pública Nacional. Venezuela tendrá entre sus funciones, compartidas con el Poder Ejecutivo Nacional, las de participar en la formulación y ejecución de la política monetaria, en el diseño y ejecución de la política cambiaria, en la regulación de la moneda, el crédito y fijación de las tasas de interés.

Las reservas internacionales de la República serán manejadas por el Banco Central de Venezuela, bajo la administración y dirección del Presidente o Presidenta de la República , como administrador o administradora de la Hacienda Pública Nacional."

La Constitución de 1999 da entrada por primera vez en la Constitución al Banco Central de Venezuela, con carácter autonómo en el ejercicio de sus funciones monetarias, es decir, que de acuerdo a esto, el Estado no puede intervenir en la formulación y ejecución de la política monetaria, no puede participar en el diseño y ejecución de la política cambiaria, la regulación de la moneda, de las políticas crediticias y de las tasas de interés, la administración de las reservas internacionales y todas aquellas que se establezcan en las leyes.

En la propuesta de reforma, se busca eliminar dicha autonomía del Banco Central. Esto no es una medida caprichosa, sino que dicha "autonomía" es un principio de carácter neoliberal con los que los países desarrollados han explotado a los países del tercer mundo.

Este principio neoliberal de la autonomía de los bancos centrales ha permitido que los ahorros de los países denominados del tercer mundo están depositados en los Estados Unidos y en Europa, y dichos centros de poder muchas veces utilizan los mismos fondos de esos países, para prestarles a los pueblos pobres su propia plata.

La banca internacional nos paga muy poco por los depósitos y nos cobran muy alto al prestarnos nuestra propia plata. Es un mecanismo totalmente ridículo.

Pero a pesar de ello, el Banco Central de Venezuela seguirá partiicpando en la política y ejecución de la politica monetaria. Esta reforma contempla el trabajo en conjunto que deberán realizar el Estado y el Banco Central de Venezuela en la formaulación de las políticas macroeconómicas y el manejo de las reservas internacionales.

A finales de cada año, el Ejecutivo Nacional establecería junto al BCV el nivel de reservas necesarias para la economía del paísy destinaría sus excendentes a un fondo de desarrollo. Actualmente el Fondo de Desarrollo Nacional (FONDEN), destina un porcentaje de las reservas internacionales para el desarrollo de la infra estructura e inversion productiva.

El BCV además seguirá participando en el diseño y ejecución de la política cambiaria y en la regulación de las políticas crediticias y las tasas de interés. Por su parte, el Estado recupera la autonomía para el manejo d ela política económica nacional.

La autonomía del BCV fue creada mediante ley en el año de 1992, tras los acuerdos que suscribió el 2do Gobierno de Carlos Andrés Pérez con el Fondo Monetario Internacional (FMI), y la cual tenía como principal objetivo "restablecer en el país la estabilidad de precios, factor clave para el éxito de una política encaminada a modernizar la economía y a la resolución d elos problemas económicos y sociales. La "autonomía" del BCV permitiría establecer un "nuevo concepto"de política monetaria: con un objetivo claro: la estabilidad monetaria.

Dicho objetivo jamás pudo ser cumplido. La inflación no pudo ser detenida y la pobreza aumentó de manera desproporcionada, durante los gobiernos de Carlos Andrés Pérez (1989-1993), condenado por corrupción, el interino de Ramón J. Velásquez (1993-1994), y Rafael Caldera (1994-1999), todos ellos de corte neoliberal y sumisos ante las políticas monetarias del Fondo Monetario Internacional (FMI) impuestas a través de un BCV dirigido por tecnócratas neoliberales que nunca fueron electos democráticamente y jamás rindieron cuentas a la Nación.

Precisamente, la inflación, que ya era alta en Venezuela, aumentó desproporcionadamente luego de decretada la llamada "autonomía" del BCV, y sólo pudo ser controlada durante los primeros años del Gobierno del Presidente Chávez, y posterior al golpe de estado en 2002 y sabotaje económico y petroleroen 2002 y 2003, mediante leyes y decretos que le otorgaba al Ejecutivo mayor libertad para diseñar y ejecutar las políticas monetarias.

Los indíces de pobreza y alto desarrollo humano se mantuvieron en Venezuela hasta 1998. La tendencia comenzó a revertirse con el gobierno del Presidente Chávez y la Revolución Bolivariana. En virtud de la última modificación de la Ley del BCV, que le otorgó mayor libertad al Estado para diseñar y ejecutar su política monetaria, se logró reducir drásticamente la pobreza y aumentar considerablemente el desarrollo humano en Venezuela.

Por eso, esta es otra razón más para que esta propuesta sea votada en bloque, es por eso que votaremos por el SI.

Patria Socialista o Muerte!!!!
Estamos Venciendo!!!

*Abogado y Analista Político. Aspirante a militante del Movimiento Socialista Unido Revolucionario Bolivariano de Venzuela (MSURBV). Moderador del Programa "Senderos Revolucionarios" transmitido los dias lunes y viernes de 6 a 7 pm por el Circuito Radio Venezuela 880 AM de Ciudad Guayana, junto al Diputado de la Asamblea Nacional por el Estado Bolívar, Rafael Ríos. www.juanmartorano.blogspot.com, http://www.juanmartorano.tk/. jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar


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Juan Martorano(*)

Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.

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