El sujeto de la acción es la CRBV y la función de los Constituyentitas es difundir el Parlamentarismo de Calle

Los euro descendientes y un grupúsculo de militares se dedicaron a dar un golpe de estado fallido, producto del impacto que originó el bloqueo económico, farmacéutico, de una migración inducida y del apoderamiento de los activos que posee Venezuela en el exterior , acompañado de un sabotaje eléctrico que paralizó gran parte de los servicios públicos y a conllevado a que los ciudadanos venezolanos sufran las consecuencia que ello produce...., puesto que sus secuelas ha influido en desmejorar la calidad de vida de quienes integran los hogares venezolanos, para mediática mente fortalecer la matriz …,que el Gobierno venezolano no tienen la capacidad para responder ante estos ataques.

El desmejoramiento de la calidad de vida ha traído como consecuencia que los venezolanos capacitados en las mejores universidades tradicionales y algunas en universidades foráneas emigren para ir a trabajar como barrenderos, limpiadores de posetas, vendedores de chucherías, dejando muy mal parado la educación y los títulos que hacen parte de su personalidad...., lo cual ha conllevado a la xenofobia y discriminación y desprecios por los originarios de esos países que en el pasado vinieron a Venezuela y consiguieron la manera de aglutinan una serie de excedentes que les permitió salir de las crisis..., en que fueron imbuido por la adquisición de deudas con instituciones internacionales (Véase el caso de Colombia, Argentina, Perú, Curazao, etc.).

Nos quedamos abismados con lo que está pasado con lo venezolanos que emigraron en busca de mejoras, más cuando tomamos en cuenta que en Venezuela se está dando un proceso constituyente interesante que en la medida que ha pasado dos años se han olvidado de la consulta y del "Pueblo Legislador" como del "Parlamentarismo de Calle" y han echado a un lado la consulta de las decisiones que se tomen a través de un referendo consultivo o aprobatorios (mecanismos que aparecen expreso dentro de la CRBV)..., los cuales deben ser utilizados, cuando se van aprobar decisiones de envergadura..., más cuando el sujeto de la acción es la CRBV a ser transformada es la misma CRBV..., lo cual pone en peligro al país (como por ejemplo la decisión de prolongar por un año más a la Asamblea Nacional Constituyente) cuando se toma decisiones unilateralmente y se olvidan a quienes se representa cuando se seccionan la Asamblea Nacional Constituyente y se debate tema de interés. Consulta que se hace necesaria, puesto que fortalecería la consolidación de la Democracia Participativa y el Socialismo a la Venezolana..., porque el pueblo siente que en este dialogo nacional, solamente un sector minoritario está usurpando el principio que tienen que ver con que "la soberanía reside en el Pueblo"..., por ello, los diferente imaginarios que son parte de la venezolanidad sienten que no son decisiones que debe tomar la Asamblea Nacional Constituyente de manera unilateral y menos..., en tiempo de cambios..., más que se empodere de un poder plenipotenciario o de un supra poder que no aparece expreso en el articulado constitucional que lo integran..., cuando todos sabemos que por encima de la Constitución no hay nada y no hay poder alguno que se le imponga, puesto que el Art. 07 Constitucional, le da esa facultad, al expresar..., "... que es norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico venezolano"..., esto quiere decir que nada está por encima del sujeto de la acción a ser transformado, puesto que este..., es la CRBV , en el que se tiene que comprender...., que todas las personas y órganos del poder público están sujetos a este postulado constitucional.

En este sentido..., el Art. 347, 348 y 349 (omissis) solamente expresan una serie de órdenes que deben ser acatados, porque el sujeto de la acción..., es la CRBV y son los ciudadanos y ciudadanas con sus participación y propuestas quienes hacen los cambios y los constituyentitas son los receptores..., porque casualmente "..., el poder constituyente originario reside en el pueblo" y el Art. 347 (omissis) se pone en vigencia cuando se convoca con el objeto de crear un estado nuevo, crear un nuevo ordenamiento jurídico o para redactar una nueva Constitución. Es por ello que no entendemos el carácter plenipotenciario y supra constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente, porque sentimos que se erige como un poder superior que esta contra lo establecido en la CRBV, al no sentirse expresado en sus tipos constitucionales tales poderes...., cuando ellos mismos, sin consulta al pueblo se atribuyen la decisión de prolongar su duración por más de dos años y se olvidan que los cargos se los dio a quienes integran la Asamblea Nacional Constituyente..., fueron obtenidos mediante un proceso de elección popular, lo cual conlleva a que pueden ser sometidos a revocación, porque son cargos de elección popular. Por tales razones vemos como un peligro para la consolidación de la Democracia Participativa que sea la misma Asamblea Nacional Constituyente quienes tomen la decisión de prolongar su tiempo y no se le consulte al poder originario..., cuando ésta es una decisión que posee carácter transcendental..., más cuando el Art. 333 Constitucional sostiene tácitamente..., "Esta constitución no perderá vigencia, si de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella"...., articulo que ponen en tela de juicio la supra constitucionalidad y el carácter plenipotenciario de la Asamblea Nacional Constituyente, al crea una situación de vacío, porque no se puede implementar cambios que vayan contra su espíritu, puesto que este tipo constitucional hace referencia a la creación de una nueva Constitución y no a una Reforma Constitucional...,, porque si esa es la situación, estaríamos quebrantando el Art. 347, 348 y 349 Constitucional , lo cual podría a los constituyentes en situación difícil y comprometida..., más cuando el pueblo siente que se han alejado del Pueblo Legislador, al cual han echado a un lado, dejándose llevar por la inercia y el mandato político partidista…., donde al parecer el pueblo venezolano de color oscuro que representa el 54.6 aproximadamente (del total de la población venezolana según Censo del 2011), se encuentra oscurecido, no es tomado en cuenta en el dialogo que se está dando, donde su presencia es nula y donde se está discutiendo aspectos que en nada tienen que ver con sus necesidades para desarrollarse y salir de esa inercia que la ha venido haciendo mucho daño y donde que se habla muy mal del empresario Lorenzo Mendoza..., pero por otro lado, se le complace, permitiendo que los precios de los productos que produce, sean aumentado al precio que su persona ambiciona y por otro lado, que aparezcan en las bolsas que reparten los CLAP.

La Asamblea nacional Constituyente eliminó el odio entre venezolano..., pero no mantuvo la paz, puesto que el 30 de Abril/2019 se le dio a Maduro un golpe de estado.
Creemos que la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), tienen muchas cosas positivas a la hora de ponerla en la balanza...., pero sentimos que se alejó de sus principales funciones (expresadas en el Art. 347 Constitucional), en la cual está inmersa la legislación de una nueva Constitución con enunciados socialistas que sirva para fortalecer al hombre social concreto (como lo planteó Marx en los Manuscritos económicos-filosóficos), que en las condiciones económicas e históricas, propia de la sociedad capitalista se deshace, mutilan, se hacen agua..., o niegan a sí mismo. Esta mutilación o perdida de lo humano se da justamente en el trabajo, en la producción material (en el caso del negro en el desarraigo africano, porque fueron cazados como animales por su propia gente, a los cuales les impusieron el apelativo de "negro" y "negra" para no reconocerlos como africanos)..., es decir en la esfera en la que el hombre debiera afirmarse como tal y que ha hecho posible la creación estética posible...., porque el ser humano estetiza al mundo, sin renunciar a su condición de humano. Lógicamente la ANC, debe dedicarse a encontrar esta raíz de la enajenación humana y la verdadera esencia del hombre perdida precisamente en el trabajo para vislumbrar cuanto puede ganar en una sociedad con principios socialistas, en la que rijan unas relaciones verdaderamente humanas y partir de esta premisa para entrar al campo de los constitucional (que es diferente a los jurídico), porque la Constitución de 1999 (que se hizo en seis meses, regida por el eterno Comandante Chávez), en su artículo 26, sostiene el principio de igualdad "...el acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses" a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente"..., pero resulta que esa igualdad no está contemplada en los otros ámbitos (como por ejemplo en lo político e institucional o en lo funcional), la discriminación es clara y donde no se deja espacios para que se tome esa participación de acuerdo a la proporcionalidad poblacional..., porque no se explica que siendo la población de tez oscura la mayor en Venezuela, esta siga siendo gobernada por euro descendientes, blancos criollos y mestizos y lo más abismante...., es que su presencia en las instituciones publica es poca, menos en el ámbito político y menos en el comunicacional, donde no vemos imágenes que hagan referencias, porque parecieran que estas están vetadas.

Esperamos que si ésta planteado hacer una "Constitución Nueva" (el cual es el objeto de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente), se debe entender…, que esto conllevaría hacer cambios profundos en nuestro Ordenamiento Jurídico y crear una nueva concepción de estado; es decir…, que esos cambios deben conllevar a la consolidación del estado socialista (o comunitario), porque de lo contrario se le estaría metiendo al pueblo "gato por liebre y se estaría fortaleciéndola la consolidación de un nuevo capitalismo estatal que va a tener sus raíces y origen en los veinte (20) años de Revolución Bolivariana para fortalecer una nueva burguesía nacional que está surgiendo, en el que se está notando, que la reconversión solamente sirvió para fortalecer la dolarización de los precios y su libertad para imponerlos, donde vemos que un producto sube de manera brutal hasta cuatro (04) veces al mes, sin que tengan control, ni vigilancia por parte de Gobierno Bolivariano y muchos menos de la Asamblea Nacional Constituyente …, cuyos constituyentitas se han hecho la vista gorda hasta el momento.

 

pnegreros59@gmail.com



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