Guaidó privilegiado por la revolución

FORJADO por el llamado, comentarios, preguntas venidas de distintos sectores de la colectividad larense, hoy en el tiempo limitado de la crisis eléctrica debo emitir mi opinión jurídica del porque se aplica la ley para los pendejos y no a los privilegiados, tal el caso de marras, el diputado suplente por el Estado Vargas, parroquia Caraballeda, Juan Guaido, autonombrado Presidente de nuestra patria Venezuela.

DESDE el estrado jurídico penal venezolano, es notorio público, visible, pragmático de cómo se legitima la impunidad y transgresión de la ley y la Constitución de la Republica, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal, de parte de este señor privilegiado de la revolución y sus coequiperos. La trilogía de tiempo, modo y lugar de perpetración de los delitos calificados materializados por este opositor emergente son un axioma jurídico

AHORA bien, es notorio, publico, sistemático, flagrancia, resistencia a la autoridad, desacato, usurpación, delitos contra la patria, instigación a delinquir, la conducta objetivada, intencionalidad, actuación de mala fe, maliciosamente de la oposición venezolana agregada de autos en sus partidos politos y grupúsculos que han echado mucha vaina desde el año 2015 hasta el actual , causado daños genéricos al país y su patrimonio de todos los venezolanos

TEMPRANAMENTE me han venido abordando parroquianos barquisimetanos, antes de colocar un pie en los estribos del transporte que os conducirá a distintos lugares de la jurisdicción larense. Esas voces no oídas, a quien represento, victimas, protagonistas omisivos, pero con muy buena visión y fundamentada preocupación, le hemos atendido la obligada interrogante, ¿porque Guaido y diputados de la AN no están presos?

NUESTRA respuesta rápida, la fiscalía General de la Republica, representada por el colega abogado, Tareck Willians no ha visto los delitos, delincuentes actores corresponsables para la apertura de juicio, su castigo así como enfilan las batería para los humildes y pendejos que cometen un pequeño delito, subsanable con acuerdos reparatorios, aquellos desasistidos por defensas públicas, los que no tienen los verdes a la mano para pagar al fiscal del ministerio público , al juez de control, de juicio o de Ejecución, a los miembros de Cortes de apelaciones, al policía que lo apreso y manipulo actas, al deficientes de la policía científica u otros órganos auxiliares que traficaron para desestimar su verdadera función y deber, acusadores de inocentes, agiotadores de oficio que deambulan en todos estos organismos.

ESTABLECE el artículo once (11) de la norma adjetiva (código Procesal Penal vigente "La acción penal corresponde al Estado a través del ministerio público, que está obligado a ejercerla(…..).Se evidencia la discrecionalidad concedida al ministerio público para ejercer sin dilaciones , omisiones, innecesarias, se prevé la celeridad procesal, la aplicación del derecho sin vacilaciones, la titularidad de la acción penal

ESTIMADOS lectores, en el análisis pre delictual nótense que hay una total ausencia del debido procedimiento, imposición de la autoridad legítima, el estado de derecho vulnerado por quienes tienen el deber de ejecutarlo. No solo fiscalía es responsable del descato e irrespeto de la ley, los jueces investidos de jurisdicción penal son también autores del delito, pues sencillamente no han procedido de oficio

ESTA pregunta del pueblo común y visionario, han recrudecido a diario en cualesquiera lugares de nuestro país. Otros actores del delito calificado son los periodistas, medios de comunicación que usan indebidamente sus funciones y misión de informar objetiva e imparcialmente. A ello sumamos a cantidad de articulistas, columnistas que opinan inobjetivamente, violan el ejercio del periodismo en colaboración de dueños y directores de medios, pues quien no es periodista no puede informar, entrevistar, sino, opinar.

LA especulación avanza a diario en todas las ciudades y zonas urbanas de Venezuela, el agiotaje, la especulación, acaparamiento, bachaqueo, sobreprecios, alza de precios de artículos de consumo masivo no soportan el débil sueldo mínimo de los pensionados, jubilados, empleados públicos. La venta ilegal e inmoral de productos, servicios, bienes con moneda dolarizada, es otra guerra, aunado la ineficacia del gobierno para emitir medidas de protección a favor del nuestro pueblo, ese mismo donde comulgo yo. Se extinguió el espacio, por ahora, nos leeremos en la venidero, Dios mediante. (0424) 543.28.98, pronto (0416) 749.64.57.Con la verdad ni temo no miento.

*Docente, periodista y abogado

 

escalonabufete24@yahoo.com



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