El Significado perverso de las EMPRESAS MIXTAS PETROLERAS

24 ene. 06

Constitucionalmente, el soporte de estas empresas mixtas se halla en el Art. 303 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este artículo contradice flagrantemente lo pautado en el Art. 302 de la misma Constitución, que reserva, mediante ley orgánica, y *por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico.*

En un tiempo inicial, el Estado cedió en concesiones finitas en el tiempo la explotación de los hidrocarburos a empresas trasnacionales que hasta hoy siguen ejerciendo un dominio casi absoluto sobre nuestra producción petrolera y petroquímica, sobre la tecnología involucrada y sobre la dinámica mercantil de este importante e insustituible recurso energético, que es, además, irrenovable e insembrable. Por cierto, la consigna de *sembrar el petróleo* ha sido una de las mayores engañifas que el difunto Arturo Úslar Pietri, rancio pensador de la oligarquía criolla, con un medio periodístico a su plena disposición, y desde su alta investidura de escritor costumbrista connotado, le vendió a los ingenuos políticos de nuestro país. La única posibilidad de sembrar un recurso natural que nada nos cueste es educando tecnocientíficamente a la mayor parte de los ciudadanos, y no precisamente para luego permitir su emigración como cerebros fugados. Pero, mediante ayudas financieras incobrables a empresarios de carácter privado, tal siembra se traduce infaliblemente en una entrega discriminatoria para los privilegiados del caso.

Luego del año 1975, pasada la electorera alharaca de la *nacionalización petrolera*, el presente gobierno recibió como herencia la modalidad de las empresas de servicios, con unos contratos leoninos que muy poco dejaban a Pdvsa y al país, pero con la particularidad de que el Estado conservaba la totalidad de las acciones de Pdvsa, en plena correspondencia con el Art. citado arriba.

Ahora, con un énfasis sólo para ingenuos, el Ejecutivo se obstina en acogerse al violatorio y anulable Art. 303 de la citada Constitución, y pretende convencer a este pueblo de que la constitución de las Empresas Mixtas petroleras es más beneficiosa para el país. Nada más incierto, habida cuenta que ahora con dichas empresas el Estado está perdiendo 49 % de su soberanía petrolera, el Estado está entregando ilegítimamente casi la mitad de nuestro patrimonio económico, y bajo la forma de acciones endosables, transmisibles y de larga duración a unos empresarios privados y comerciantes que desde ahora pasan a ser condueños absolutos de esa porción de acciones que, no dudamos, terminarán acumulándose hasta el 49 de las reservas probadas de nuestro petróleo.

Lo grave es que el propio Presidente de la República quiere o le sugieren que nos haga ver que ha hecho o está haciendo un acto patriótico y que está reivindicando nuestro patrimonio energético, cuando a todas luces lo que olímpicamente hace es ceder en propiedad privada lo que el Art. 302 tiene reservada como propiedad íntegra y exclusiva sobre el subsuelo.

Lo que un buen revolucionario debió haber hecho era impugnar y ordenarle a los diputados de la Asamblea Nacional para que eliminen prontamente el Art. 303, por anticonstitucional, por violatorio y porque es la puerta abierta a la entrega de lo que en principio pertenece a toda la ciudadanía venezolana.

Desde acá invitamos a quienes hasta ahora acompañan este proceso bolivariano a reflexionar sobre este perverso significado de las Empresas Mixtas petroleras.



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Manuel C. Martínez M.


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