El lado oscuro del presupuesto universitario y la prima de antigüedad

Las Normativas Laborales suscritas entre empleados y obreros de las universidades, institutos y colegios universitarios, se constituyeron en acontecimientos a finales de 2008, por primera vez en toda su historia, los sindicatos universitarios suscribían contrataciones colectivas con su patrón: el Gobierno Revolucionario, quien a través del ministerio de educación superior le daría legalidad a dicho instrumento constitucional. Recuérdese que se firma la Normativa en octubre de 2008 y se homologa en abril de 2009, fecha desde la cual entra en vigencia plena, trayecto en el que los trabajadores y trabajadoras universitarias, debieron emplearse a fondo a protestar con el fin de hacer valer el compromiso suscrito en octubre, produciendo la marcha más contundente y participativa que se haya producido en esta década de Revolución Bolivariana, proveniente del sector universitario. Desde dicha marcha, el ministro mentiroso, Luis Acuña, no fue el mismo, la marcha dejaba al descubierto la soledad que le acompañaba a su gestión y el repudio generalizado con que contaba entre la masa laboral universitaria. Pues bien, estas Normativas representan un avance cualitativo importante de las reivindicaciones con que, hasta entonces, contaba este sector de las trabajadoras y trabajadores venezolanos; resaltándose entre ellas, la ciudadanía universitaria que les otorga estos instrumentos legales y que, posteriormente, revalidaría la nueva Ley Orgánica de Educación. Entre los beneficios socio económicos, además de la Prima Hogar, invalidada en la gestión de Fuenmayor en Opsu, que se retoma para beneficio de los empleados administrativos de las universidades, institutos y colegios universitarios, se acuerda la instrumentación de una Prima de Antigüedad a fin de incentivar la permanencia de las trabajadoras y trabajadores en el sub sistema universitario, la cual, según ratifica la cláusula 28 de la Normativa para el personal ATS (administrativo, técnico y de servicios) se corresponderá con el 1,5% del Salario Normal de cada trabajador o trabajadora, multiplicado por los años de servicios. Destruían con ella, los trabajadores y trabajadoras universitarias, ocho años de vigencia del Tabulador Neoliberal de Luis Fuenmayor, instrumento laboral creado por éste, con la única finalidad de restringir el salario del personal ATS, impidiéndoles a éstos la posibilidad de acceder a salarios dignos y superiores o iguales al de las profesoras o profesores universitarios, valga decir, se trataba de una tabla cuyo objetivo era netamente clasista, ahondar la diferenciación social del personal universitario, por supuesto sobresaltando la del profesorado, su sector social, quienes votan y ponen las autoridades en las universidades, institutos y colegios universitarios, para eso se crea el fulano Tabulador Salarial Neoliberal.

La figura legal, del Salario Normal, permite que los incrementos salariales de ahora en adelante, vayan directo al sueldo que recibe mensualmente el trabajador o trabajadora universitaria, tal cual lo recibe el profesorado universitario y no se reduzca en la figura corrosiva del salario tabla, que reducía dichos aumentos entre un 10 y 20%, valga decir, que, mientras, el Gobierno Revolucionario otorgaba un aumento salarial de un 30%, por ejemplo, el profesorado lo recibía neto, en contrario, el personal ATS veía de ese incremento apenas un 20%, aproximadamente, al aplicársele sobre el salario tabla, que no se correspondía con el salario que recibía, mensualmente, el trabajador o trabajadora. Esta ancla sobre el salario del personal ATS, desaparece con la nueva Normativa Laboral y aparece ahora la figura del Salario Normal, más cercana a la realidad salarial del trabajador o trabajadora universitaria.

Ahora bien, además de reivindicarse la figura del Salario Normal y dejarse a un lado el Tabulador Salarial Neoliberal de Luis Fuenmayor, como decíamos antes, introduce una nueva reivindicación que hace historia entre ellas, la Prima de Antigüedad. Si bien, esta prima ya venía siendo instrumentada en todas las universidades, institutos y colegios universitarios, con excepción de la UCV , desde el año 2005, la misma se venía instrumentando sobre la figura corrosiva del salario tabla; será con esta Normativa Laboral, que se modifica y transmuta la figura del salario tabla a Salario Normal, lo cual, sin duda alguna, viene hacer justicia en los ingresos salariales del trabajador o trabajadora universitaria, recuperando parte importante del Patrimonio Familiar de este sector de las y los trabajadores universitarios.

Así, como las trabajadoras y trabajadores ucevistas, fueron los únicos que no recibieron este beneficio desde su instrumentación en el 2005, hoy son los únicos que se han visto impedidos de su aplicación en los nuevos términos acordados en la Normativa Laboral, desde el pasado mes de diciembre, según acta de acuerdo suscrita entre los sindicatos y el ministerio de educación superior (opsu), el pasado año. Pero, qué impide la concreción de este beneficio para los trabajadores y trabajadoras ucevistas?, las excusas son muchas, por parte de quienes teniendo este recurso en sus cuentas no lo bajan a quien corresponde, que si no deben pagar doble beneficio, valga decir, el contractual Escalafón Bianual y la Prima de Antigüedad, esto por la no acumulación de beneficios, cláusula 39, para dilucidarlo la Normativa cuenta con una Comisión de Seguimiento y sub comisiones, cláusula 38, en las cuales se debaten estos casos y se toman decisiones sobre la instrumentación de determinada cláusula, nos preguntamos en el caso concreto que nos motiva estas líneas: se activó la sub comisión respectiva?, es demasiado evidente que la Normativa no permite la acumulación de beneficios, entonces como explicar que la UCV hasta enero de este año haya cancelado el Escalafón Bianual al personal que cumplió años para esa fecha, a que se juega?, si fueron sus representantes los que han colocado trabas a la implementación de esta Prima, bajo la excusa que no debe cancelarse el Escalafón Bianual.

Aclarado este punto por la Opsu, de nuevo surgen trabas, ahora se habla que faltan recursos para cancelar completo la Prima, desde diciembre pasado, tres (3) meses, vamos para cuatro con éste, de nuevo la Opsu interviene con senda comunicación, la PAF Nº 0215/2010, suscrita por Antonio Castejón, Director de Opsu, quien se ha mantenido muy diligente en este tema, quien le remite un informe sobre la Prima de Antigüedad a esa casa de estudios, por demás revelador y bien preciso, resaltemos sus contundentes conclusiones: “La Universidad Central de Venezuela para el año 2009 tiene un monto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 4.556.058) y para el año 2010, CINCO MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOS BOLÍVARES (Bs. 5.088.702) para la Prima de Antigüedad a Salario Tabla a los empleados (Anexo 4), faltando sólo los beneficios complementarios como: Prima Profesional y Técnico, Prima por Hijos, Prima de Transporte, Sueldo Compensatorio, Prima por Cargo, Prima de Confianza, Prima de Jerarquía, Sobre tiempo, Prima de Grado Académico y Prima Hogar, los cuales esta Oficina realizó los mencionados pagos en diciembre 2009 y enero 2010(subrayado nuestro)…”, es decir, según Opsu no faltan recursos por tramitar, para que se concrete el pago del beneficio al personal ATS de la UCV, entonces: por qué no se ejecutan los recursos otorgados, ya en cuentas de la UCV?

De la comunicación Opsu se desprende una perla que bien merece resaltemos: “En tal sentido, esta Oficina para el mes de diciembre 2009 transfiere por Partida Centralizada un monto de OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ONCE BOLÍVARES (Bs. 895.511) para el complemento de la Prima de Antigüedad aprobada por Convención Colectiva (Anexo 3), ya desde el año 2005 se venía cancelando la mencionada prima a salario tabla (subrayado nuestro)…”, de lo que se desprende que desde 2005 el Gobierno Revolucionario viene mandando recursos, a esa Universidad, para cancelar la Prima de Antigüedad a Salario Tabla, recursos que no fueron transferidos a las cuentas de sus directos beneficiarios: los trabajadores y trabajadoras ATS, entonces: en qué cuentas están dichos millonarios recursos?, quién o quienes se han beneficiado de los intereses generados por los mismos?, se les reintegrará dichos recursos a sus destinatarios, trabajadores o trabajadoras ATS (desde 2005) o al Fisco Nacional?, no estaríamos en la presunción del delito de Apropiación Indebida por parte de las autoridades universitarias desde 2005 a la fecha?, habrá complicidad sindical en este delito de corrupción?, son dudas que surgen cuando se devela la verdad que lleva implícita la Prima de Antigüedad y su ejecución y que corresponde a usted camarada Edgardo Ramírez propiciar su esclarecimiento y el correspondiente castigo a los responsables de este crimen contra el patrimonio de las familias trabajadoras ucevistas, queda usted en la palabra…


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Henry Escalante


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