Las pruebas internas y la autonomía

Para el año 2001 propusimos la eliminación de las pruebas internas de admisión de las universidades, luego de demostrar científicamente (Revista de Pedagogía, XXI (62), 2000 y XXII (64), 2001) que, al igual que los otros mecanismos internos de selección, discriminaban a los aspirantes de los estratos socioeconómicos medio bajo, bajo y muy pobre; a los estudiantes provenientes de planteles oficiales y a aquéllos procedentes de regiones geográficas alejadas, atrasadas y deshabitadas. Estas tres iniquidades se desarrollaron claramente a partir de 1984, momento en que los procedimientos de selección de aspirantes para su ingreso a las universidades eran completamente equitativos.

Los estudios demostraron con claridad que la discriminación no tenía como base las diferencias entre los promedios de notas de los grupos estudiantiles referidos anteriormente, sino que la misma era producida por un efecto perverso, derivado del hecho de que las pruebas internas de las universidades se realizaban en las ciudades sedes de las instituciones que las instrumentaban, lo que hacía imposible que la población pobre que viviera en regiones lejanas a las mismas pudiera acceder a presentarlas. La prueba de aptitud académica del CNU, en cambio, se realizaba en todo el país buscando al aspirante donde éste se encontrara, por lo que no originaba la misma discriminación (Ver referencias anteriores).

La eliminación de las pruebas internas universitarias no constituye una violación de la autonomía de las universidades, pues la selección estudiantil no aparece considerada dentro del régimen autonómico, el cual está claramente definido en el artículo 9º de la Ley de Universidades vigente. Así, no constituye parte de la autonomía “organizativa” (dictado de normas internas), tampoco lo es de la autonomía “administrativa” (elegir y nombrar sus autoridades y designar su personal docente, de investigación y administrativo), ni de la autonomía “económica y financiera” (organizar y administrar su patrimonio) ni, por último, de la autonomía “académica” (planificar, organizar y realizar los programas de investigación, docentes y de extensión). Es claro que no figura la selección estudiantil en ninguna de las autonomías referidas en el artículo.
lft3003@yahoo.com




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Luis Fuenmayor Toro

Médico-Cirujano, Ph. D., Ex-rector y Profesor Titular de la UCV, Investigador en Neuroquímica, Neurofisiología, Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología. Luchador político.

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