Normativa laboral universitaria y las definiciones

Es un hecho, el arranque de la discusión de la contratación colectiva única para el sector universitario. Como también es un hecho, que los sectores mayoritarios de FETRAESUV, FENASOESV, FENASIPRUD y Sindicatos No Federados están representados en las mesas de discusión de dicha contratación. Fracasaron Carlos López, Orlando Zambrano Y Telémaco Figueroa (Fetrauve-Fenastrauv-Fenasinpres), en auto asignarse con exclusividad la representación de todo un sector de trabajadores y trabajadoras en que ellos son minoría, menos del veinte por ciento de esa masa laboral está sindicalizada en sus federaciones y eso lo saben en el Alto Gobierno, tanto el presidente Maduro, como su ministra del trabajo, María Cristina Iglesias. Y, si quisieran verificarlo, las puertas del referendo consultivo están abiertas para comprobar lo aquí afirmado.

Una de las ideas más vendidas, por la traición “bolivariana”, fue la de que en un mes se firmaría la contratación colectiva. Una mentira más, de las muchas a que nos tienen acostumbrados/acostumbradas cada vez que asoman sus rostros por los medios públicos. A los hechos debemos remitirnos, en apenas tres reuniones es poco lo que se ha avanzado. Y no puede ser de otra manera, las contradicciones entre las federaciones clasistas y verdaderamente revolucionarias y las “bolivarianas” son del cielo a la tierra. Esta semana, iniciaron el estudio de las cláusulas de la Normativa propuesta, apenas comienzan por la Cláusula Nº 1, que trata de las Definiciones y, ya comienzan a verse las costuras de la traición a esa dirigencia “bolivariana”. En las Definiciones, se deja establecido claramente quién es quién, las partes contratantes, los sindicatos y federaciones signatarias de la contratación, y demás términos en todas y cada una de las cláusulas que contiene la propuesta de contratación colectiva unificada del sector universitario.

Pues, apenas iniciaron el punto 1.1 que tiene que ver con la definición de quién es el EMPLEADOR, cuya definición, por cierto, es casi la misma de la Normativa suscrita en 2008, los rollos se hicieron presentes en las mesas de discusión, pues, los representantes del ministerio no se consideran patronos en el estricto término de su definición. Esto, aunque la cláusula es clara en cuanto a que el patrono de las y los trabajadores universitarios es la República Bolivariana de Venezuela, “representada por el MPPEU, las Universidades Nacionales, las Fundaciones de Educación e Investigación Universitaria, las Oficinas Técnicas Auxiliares del CNU y los Núcleos, extensiones y/o dependencias donde se imparta la educación universitaria o se realicen labores administrativas o de servicios que tengan relación directa e indirecta con las instituciones oficiales de educación universitaria”. Esta Definición es más amplia que la contemplada en la Normativa de 2008, la cual restringía el EMPLEADOR al caso del MPPEU. En esta nueva definición, se amplía hasta el nivel que incluye a las Fundaciones universitarias y, con ello, a sus trabajadores y trabajadoras.

Este primer encontronazo, tomaría visos de mayor envergadura minutos más tarde, cuando los miembros de esa mesa discutieron el punto 4.4 que trata de los BENEFICIARIOS de la contratación colectiva. Señala la Cláusula: “Este término se refiere al trabajador universitario, directo e indirecto, ordinario o contratado, tercerizado, jubilado, pensionado y sobreviviente y el trabajador que presta servicio en las instituciones de educación universitaria, las Oficinas Técnicas Auxiliares del Consejo Nacional de Universidades y los núcleos, extensiones y/o dependencias donde se imparta la educación universitaria o se realicen labores administrativas o de servicios, igualmente los jubilados, pensionados, incapacitados y beneficiarios de las pensiones de sobrevivientes, en los que le sea aplicable en los términos previstos en la presente Convención Colectiva Única”. Cuando se llega a este punto se entiende claramente del por qué de las quejas de los representantes del Gobierno en la mesa. “Tercerizado”, esa palabra desarticuló por completo al representante ministerial Ricardo Dorado quien, desaprueba la redacción de la Cláusula; mientras, la representación de Fetrauve le secunda y menciona una frase que es para la historia: “no se puede, hay un pote”, como queriendo decir que, la contratación colectiva ya tiene, de antemano, un límite presupuestario el cual, solo conocen la denominada representación “bolivariana” de Fetrauve-Fenastrauv-Fenasinpres y el Gobierno. Incomprensible la postura de la representación del ministerio del trabajo y de Fetrauve. Por un lado, el MINTRASS es el ente encargado de hacer cumplir la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajaras y, como tal, formaron parte de su redacción al igual que Carlos López, pdte. de Fetrauve. Pero, qué dice la LOTTT en relación a las y los trabajadores tercerizados: “Art. 47. A efectos de esta Ley se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral. Los órganos administrativos o judiciales con competencia en materia laboral, establecerán la responsabilidad que corresponda a los patronos o patronas en caso de simulación o fraude laboral, conforme a esta Ley”. Esa Ley, que pretenden obviar tanto la representación del MINTRASS como de Fetrauve, prohíbe la práctica de la tercerización en su Artículo 48. Y, en lo que respecta a los beneficios de las contrataciones colectivas, la LOTTT en sus Disposición Transitoria Primera es más clara que el agua de manantial: “En un lapso no mayor de tres años a partir de la promulgación de ésta Ley, los patronos y patronas incursos en la norma que prohíbe la tercerización, se ajustarán a ella, y se incorporarán a la nómina de la entidad de trabajo contratante principal los trabajadores y trabajadoras tercerizados. Durante dicho lapso y hasta tanto sean incorporados efectivamente a la nómina de la entidad de trabajo contratante principal, los trabajadores y trabajadoras objeto de tercerización gozarán de inamovilidad laboral, y disfrutarán de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores y trabajadoras contratados directamente por el patrono o patrona beneficiario de sus servicios”. La LOTTT está por encima de cualquier contratación colectiva como Ley Orgánica que es, “los trabajadores y trabajadoras objeto de tercerización gozarán de inamovilidad laboral, y disfrutarán de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores y trabajadoras contratados directamente por el patrono o patrona beneficiario de sus servicios”. Violentar ese derecho que les otorgó el Comandante Infinito, Hugo Chávez, a las y los trabajadores de la Patria es, lo que pretenden ejecutar esa representación del MINTRASS y las federaciones patronales de Carlos López, Orlando Zambrano y Telémaco Figueroa, quienes dicen ser chavistas.

Contrasta esa postura de la representación del MINTRASS con la sostenida años atrás, en vida del Comandante Presidente Chávez: “Ante la Comisión de Normas (de la OIT), el viceministro de Seguridad Social del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, Ricardo Dorado, evidenció los avances y logros de la Revolución Bolivariana en libertad sindical y negociación colectiva, la lucha emprendida por el Gobierno y la dirigencia laboral para solucionar la violencia intersindical y las modificaciones en materia de normas electorales sindicales, entre otros. (…) Dorado sostuvo que el gobierno del presidente Hugo Chávez no detendrá la política de nacionalización de los medios de producción estratégicos, ni la lucha contra la tercerización y la precarización laboral y continuará la reversión de la privatización de la seguridad social realizada en los 90 bajo el amparo de las políticas neoliberales y el tripartismo de cúpulas encabezado por Fedecámaras y la CTV”. (Venezuela Frena Pretensiones de Fedecámaras y la CTV, Aporrea, 13-06-2009). Qué cambio para que ahora se dé un giro de ciento ochenta grados, en aquellos años no teníamos una Ley que reivindicara a las y los tercerizados, ahora sí la tenemos, ¿por qué no quieren aplicarla?

Esta postura que asumen en las mesas de discusión, la mal llamada dirigencia “bolivariana”, contraria al legado del Comandante Infinito Hugo Chávez, quien siempre abogó por la eliminación de esa figura de fraude laboral como lo es la tercerización, nos explica el por qué, en nuestras universidades, este tema ha sido colocado en el olvido y, con ello, las y los trabajadores objeto de esta moderna forma de esclavitud. Para refrescar nuestras memorias, recordemos que, en tiempos de Yadira Córdova, en 2012, la ministra creó una Comisión que, entre otras cosas haría seguimiento al tema de la tercerización en las universidades: “El presidente de la Federación Nacional de Sindicatos de Profesores de Educación Universitaria (Fenasinpres), Telémaco Figueroa, anunció en rueda de prensa este martes la instalación de una Comisión Nacional para dar seguimiento y resolver en el marco de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (Lottt), el tema de la tercerización y de la precariedad de obreros, profesores y empleados en las universidades del país, siguiendo una orientación del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu)”. (…) “La Comisión Nacional estará integrada por autoridades del Mppeu, del Consejo Nacional de Universidades (CNU) y dos representantes por cada una de las tres Federaciones (Fetrauve, Fenastrauv y Fenasinpres) que participaron y que se agrupan en la Central Bolivariana Socialista de Trabajadores”. (…) “Nuestros profesores universitarios, obreros y empleados que están en condiciones de explotación, producto de esa herencia de la Cuarta República, pueden estar seguros de que atenderemos su situación; hay plena voluntad de la ministra Córdova y, por supuesto, es una voluntad que expresa la opinión del Comandante Presidente, Hugo Chávez”, aseguró”. (Prensa MPPEU, 29-05-2012). Como diría Napoleón: “Si quieres que algo sea hecho, nombra un responsable. Si quieres que algo se demore eternamente, nombra una comisión”. Y, efectivamente, así ocurrió; hasta la fecha, se desconoce qué problemas resolvió o qué recomendaciones hizo esa comisión conformada por quienes hoy, no quieren que, las y los tercerizados de nuestras instituciones sean beneficiarios/beneficiarias de la contratación colectiva unificada. No se les reconozcan sus derechos que la LOTTT les otorga. Vaya traidores éstos, pero esta vez no de las y los trabajadores universitarios, sino del legado del Comandante Infinito Hugo Chávez, en materia laboral.

Las discusiones apenas comienzan y, con ello, los escarceos producto de contradicciones de quienes parecieran patrones, en vez de trabajadores y trabajadoras. Un mes, como anunciaron, será muy corto tiempo para dilucidar esa contradicciones que, apenas comienzan a florecer. Las y los trabajadores universitarios deben armarse de paciencia y no dejarse vencer por la necesidad. Del apuro solo queda el cansancio. Necesario es, un buen Contrato Colectivo que les dignifique sus condiciones de vida y, ello solo será posible siendo consecuentes con las y los voceros legítimos de la clase trabajadora universitaria, quienes ya han convocado a asamblea permanente y acciones de calle cuando sea necesario para restablecer las reivindicaciones que les pretenda cercenar esa dirigencia traidora de Carlos López, Orlando Zambrano y Telémaco Figueroa. Como decía el Padre Libertador, “Dios concede la victoria a la constancia”, mucha constancia es la clave del éxito de la lucha de las y los trabajadores universitarios…


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Henry Escalante


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