Ley orgánica de Educación Superior, la pedagogía de la ciencia y el Poder Popular profesional

Porqué  una ley orgánica de educación superior es

De la relación de cómo producir industrialismo en el poder. 

Ante la evidente carencia de una suficiente y necesaria ley de universidades sujeta a un Estado de Derecho pretendido socialista y la debida, eficaz, eficientemente oportuna efectiva organización universitaria que administre este derecho desde su adecuada pertinente ley universitaria. 

Constitución Nacional, Ley Orgánica de Educación, y ley de universidades y respectivos reglamentos 

Desde su generalidad podríamos establecer fundamentalmente en base a su objeto y misión;  los principios y valores constitucionales sobre los que  estaría  montada filosóficamente la estructura jurídica anhelada;  la “virtud subsumida en la idea del bien supremo como conocimiento liberador”, “moral y luces son nuestras primeras necesidades…” en los distintos diseños curriculares como perfiles de aprendizajes mínimos para conocimientos que se propone impartir y que la erigirían  en su gestión teóricamente. Hacia el pregonado Estado Docente acumulado ahora aun más desde la promulgada Ley del Consejo Federal de Gobierno. 

En ello es notorio evidente que existe una ruptura epistemológica para su debida praxis, entre su ontología como filosofía de principios y los hechos en sí mismos concretos aspirados en el  debido proceso implicado. Lógica  formal de predicados

Aún más, en las dialécticas de enseñanza-aprendizaje como proceso no hermenéutico y sí vinculante abierto e innovador a su comunidad necesaria del ejercicio del Estado Docente. 

Esto no significa su negación en el amplio programa en crecimiento  diseñado para su desarrollo a tal fin educativo, más la masificación educativa emprendida exitosamente como política educativa para un Estado de inclusiones. Y la formulación paliativa de los derechos Humanos universales programados en acertadas misiones.

Pero son  imprescindibles con su estructura orgánica legislada, y, por ende con su ley orgánica tutelar y reglamentos conexos.

Reglamentos  de operativo para su aplicabilidad, en nombre de la Justicia Social. Su objeto de “Ser” educativo. 

De allí  la derivación del instrumento legislativo jurídico político como guía de reglamento externo e interno de las Universidades como  normativa  de la actividad rectora.

¿Antes o en paralelo incluso que la orgánica educativa? ¿Contradicciones en serie por las coyunturas? 

Así, obligante no es protagónico no incorpora al estudiantado y su entorno comunal, “el Estado Comunal Docente”  representativamente equitativo proporcional ante los consejos comunales para el Estado docente y consejos universitarios direccionales de cada programa de formación de grado a nivel nacional extendido en una autonomía para la producción académica de investigaciones, docencia, conocimiento para las ciencias; manufactura, industrias… El desarrollo de la independencia tecnológica humanística para el crecimiento interno y externo de las políticas económicas socialistas. El ansiado crecimiento económico de las riquezas socialistas, la moral y las luces. 

Como la filosofía del derecho  socialista aspiraría  no eventualmente  lo establecería   en sus  máximas de ley universitaria.  Así no   interrumpe sesgadamente lo comunal, ni se apropia desorganizadamente,  ni colide con los procesos propios de cada  ente del sector social,  siendo una sola unicidad. 

Unidad indivisible por ser la esencia “ el Ser” sustancial no suprimido por parcelas de poder ministerial de lo autónomo del cogobierno comunitario ya hábilmente conquistados, no enquistados. 

Al no incluir representantes estudiantiles ni vecinos de la comuna  constitutivos del promulgado Estado Docente; familia, sociedad “comuna y sus porciones” más la institución educativa, todo ello conceptualiza el Estado Docente embrión al gobierno universitario bolivariano-. 

Debe estar representado en lo convexo y cóncavo reflejado cada uno de los programas de formación de grado,  y post-grado, cada uno de los actores sociales por representante  proporcionales en la dirección  de la universidad.

Lo contrario, además,  no propicia para nada una  necesaria Ley Socialista de Universidades que acabe con tanto bochinche y dolo en universidades nacionales, una Ley de Universidades dentro del marco socioeducativo actual.  

En el caso del documento rector de la Universidad Bolivariana de Venezuela UBV, por ejemplo.

¿Qué papel juega el Ministerio de Educación Superior?  De donde emano semejante ley publicada en gaceta oficial  número 367.457 del lunes 02 de febrero del 2009.

Notorio, no es socialista específicamente concreta, desincorporando al alumnado en la toma político social  de decisiones en la universidad.

Del alumnado se participan pero no son participados-participes, a  integrar en cuerpo y espíritu la estructura política jurídica, para  considerar los ideales ¡luces y morales..!

No es el espíritu absoluto del pueblo, diría Bolívar haciéndole merito a Hegel y,  a su pensador J.J. Rousseau, también  junto a T. Hobbes,   Simón Rodríguez entre otros.  

El contexto de la revolución francesa ilustro la América meridional a quienes aspiran en materia socioeducativa para la producción-saberes-conocimientos étnicos,  de las técnicas  sociales para, y, en la  transformación de  recursos más fuerza de trabajo planificado social con reparto en felicidad  en bienestar.., donde  todos estén representados por sector comunitario o brigadas de luz-ideas. El Trabajo Socialista y su reporte de bienestar a la ciudadanía in extenso, toda! 

Se suprimió  para sí, diría  G.W.F. Hegel, el derecho pluralista de la sociedad comunitaria, por el SER único,  el en sí mismo y, para sí, aprovechando el conocimiento para imponerse como poder y redactar las reglas, -el poder es de quién lo ejerce reza un viejo dicho-,  poder también al no asumir-fungir como co-gestora de los ideales socialistas en desempeño, y, para su comunidad social pertinente, esta ley  reglamento interno castra cualquier iniciativa orgánica en el contexto universitario para la praxis social, no se participa en razones-persona en la decisiones económicas, proyectos, extensiones, propias de una universal comuna de saberes  o, es que es! un dogmatismo intelectual que no permite razón dialéctica sino la  pura razón analítica conductual.  

Es necesaria e imprescindible por ello la  incorporación de su alumnado y personal administrativo no sólo al transporte,  comedor y servicios de salud, sino también al ejercicio gestional administrativo de sus políticas públicas en  la representada dirección política de la toma de decisiones universitaria nacional. En función del bien colectivo. Bienestar que proporciona el  ejercicio del Estado Docente 

Para su logro a derecho eficaz  porque es justo y debe ser legal, se deben contemplar o estipular en las reglas a  estudiantes, representantes proporcionales a las autoridades asalariadas, el estudiante no recibirá salario pero si recibirá sus beneficios de derecho ciudadanos.

Restando a lo que se  percibe como la voluntad  de preservación  y no per-versación de las relaciones laborales de producción de ganancias y privilegios -cogestionadas por el persistente capitalismo,-  consagrándose aun más la lucha de clase económica en la común práctica de división del trabajo y el  oligopolio de saberes.

Lucha de clases ideológica.  

Además,  como estaría  establecido, el Estado Docente  bolivariano proporcionaría conocimientos en  los principios que propician el fomento de la práctica del socialismo dentro de la economía política a instaurar con la previa producción de conocimientos desde sus universidades instaurada en transición de  lo cooperativo-docente en la filosofía de la ciencia con una epistemología investigativa productora de conocimientos. 

Como fábrica de legislatura desde sus escuelas de derecho jurisprudencial para la teoría y praxis social tan necesaria ahora en crisis de filosofía socialista.

Así en actualidad ese reglamento historicistamente es revisionista contrario a la Doctrina  Filosófica Bolivariana, de la doctrina social-lista aspirante al alto índice de producción espiritual-técnica, porque allí, en esa ley no actúan  a manera política y,  no pertenecen a consejo ejecutivo alguno principal los estudiantes y sus comunidades, ¿De qué social igualdad como verdad ideal educativa se pregona?   

¿La República de Platón!?

Bien la versión   a los intereses de una directiva,  Ethos-Ètnia ideal a lo socialista burgués,-- desde luego en la clasificación exceptuada de marxistas, marcianos,  marzoologos,… de un claro derecho positivista, pues el reglamento es leoninamente de relaciones capitalistas y, es de esperar que la ley orgánica de universidades también lo será a posteriori en la impartición de sus funciones administrativas académicas y administración de recursos humanos, en participación y toma de decisiones que atañen a todos por igual. 

Cuyo título se les incluye utilitario, solo en texto como pretexto de nuevas crecientes asignaciones presupuestales para la burocracia asalariada, creando figurillas, como fundaciones departamentales,  que burocratizan las trincheras y permiten que el capitalismo extienda y succione sus tentáculos, porque no producimos aún conocimientos para el agro y la vivienda, por ejemplo, no tenemos  voluntad profesional, sólo pura fe –y en el camino se enderezan las cargas…-  

¡Tener  conciencia clara! de clase trabajadora, con posiciones de ideología de clase proletaria acrecienta claramente nuestra fuerza de intelectual-trabajo.  

Se debe tomar el poder político, sublevarse con las ideas y los hechos ante el estado universitario constituido, sacar a los impostores en las doctrinas bolivarianas, ya que así será siempre, a menos que no ocurra la sublevación de trabajadores, heterogéneos y diversos pero trabajadores con proyectos nacionales que cumplir para así aspirar al estable  estado socialista  de  bienestar social. En bien cooperativo común. 

El revisionismo en práctica en las Universidades actualmente como ideas-ideología  pseudo progresistas doctrinaria socialista en ley es una variedad, una seductora figura  casi infinita de la ideología burguesa, que  se nos presenta como fenómeno  sensitivo seduciéndonos a través de la emocionalidad-pasiones. 

Hay que tener  una sólida  formación integral para apelar a la voluntad  e intentar ser un buen civil o ciudadano actual, que aspira la ciudad-estado, su metrópolis su educación Paidea o la  politeya criolla como república ética primero después socialista, es la base sobre la que debe descansar todo tipo de relación social o economía política actual.  Para una adecuada cultura socialista. 

Nadie regalará, los derechos no se regalan, se obtienen en el fragor del debate de ideas y principios de distintos modos, ésta categoría, es el reflejo activo y creador de las estructura político económica en movimiento a favor de los intereses de los trabajadores y estudiantes nacionales. Dialéctica social-socialista bolivariana. 

Mientras, el estado debe legislar, aplicar y ejercer aun más la justicia a delitos barbaros de sabotaje y conspiración profesional, castigar al reo con educación y trabajo.  

La Epistemología marxista incluye clásicos como Marx y Engels y, contemporáneos como: Lenin Mao Tse-Tung  y otros muy recientes sur americanos loables que ahora se registran en las teorías representativas  emancipadoras en teoría y la práctica, lo que le caracteriza de autentica, por eso es legítima, porque legal además es justiciera, ya es una filosofía social.  El Bolivarianismo. 

Unir la teoría y la práctica, ah…! Que difícil es desprenderse del seguro fetiche uso-valor del dinero, de la mercancía que separa la desigualdad evidente y marginada de los asalariados y explotados sin conocimiento técnico de sueldo contratado mínimo e inestabilidad laboral y estudiantil por la administración del estado, su plusvalía va al  Estado  que hasta ahora solo incapaz vive  en tercera columnita en las extrañas del voraz capitalismo misterioso. 

En las universidades no gobiernan horizontalmente  y, en las empresas básicas, nuestros trabajadores tampoco,  ¿Es estado socialista? ¿Economía política planificada socialista?  ¿O solo es  mientras tanto transicional? 

La ansiada revolución que desde una ley orgánica integral de universidades, la cultura salud y trabajo en conjunción integral amparen  la libertad que proporciona el conocimiento-ciencia, el humanismo real , la técnica toda, la Política de Aristóteles alterna con su Metafísica, causal-junto al ideario-doctrinal de la Gesta Bolivariana,  esa es la   ontología a la epistemología -transición social-lista, de la filosofía de las ciencias sociales bolivarianas, -atropó-político  bolivariano,- pero aprobando, pasando por las materias clásicas y contemporáneas mencionadas arriba.  

Entonces, ¿Por qué? el espíritu de esas leyes-reglas no recoge esa filosofía, será  que no hay filosofía política actualmente?

En el país no se hace filosofía de la justicia social?

Ella debe ser  de lógica  con  leyes concatenadas causalisticamente con el reino de las virtudes constitucional, coordinado y planificado en lo técnico-educativo-laboralmente ceñida a la CRBV, y una Ley de Universidad sin practicar el pragmatismo burocrático en el contexto académico social.  Sin empirismos arribistas.

¿Surgirá ante evidentes hechos y reflexiones una corriente progresista que supere estas contradicciones de secuestros y tomas universitarias y, a veces antagonismos, en el actual debate filosófico y de praxis del pensamiento venezolano socialista? lo creemos plausible... 

arteawao2003@yahoo.es 

Bibliografías

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 1999.

Anteproyectos de orgánicas leyes universitarias, archivos asamblea nacional,  2005-08-09

Leyes Orgánicas de Educación, Consejo Federal de Gobierno y Consejos Comunales 2009



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Alejandro Álvarez Osuna


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