TSJ anuló impuestos en puntos de venta

13 agosto 2019 - La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia acordó suspender los efectos de la ordenanza de Licencia e Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio y Servicios de Índole Similar en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, según sentencia 0255 redactada por el magistrado Juan Mendoza.

El Poder Judicial resolvió que podría existir disconformidad entre la ordenanza impugnada, sus actos de ejecución y la Constitución

La referida ordenanza, aprobada en diciembre de 2018, estipula el cobro de 1% en todas las transacciones efectuadas en puntos de ventas. Por ello el Banco Provincial, a través de su abogado Juan Carmona Borgas, solicitó anular la mencionada ordenanza por considerarla inconstitucional.

La entidad bancaria argumentó que la cámara municipal de Maracaibo (Zul) usurpa funciones al legislar sobre la materia de impuestos que la Constitución le reserva al Poder Público Nacional.

También argumentaron que esa normativa es de imposible ejecución. El Provincial igualmente criticó que se haya cambiado de unidades tributarios a Petro, la medida para calcular las multas e impuesto.

Los magistrados admitieron la demanda y ordenaron suspender la referida resolución municipal porque “podría existir disconformidad entre la ordenanza impugnada, sus actos de ejecución y la Constitución”. La Sala igualmente señaló que la norma impugnada, podría causar “un gravamen irreparable para todos los contribuyentes en el municipio Maracaibo”.


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