España: El Tribunal Supremo indica que son los bancos los que deben pagar los impuestos de las hipotecas

Madrid, octubre 18 - Tribunal Supremo español señaló este jueves que el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria debe ser costeado por los bancos, en calidad de entidad prestamista, y no por los clientes, que reciben el préstamo.

Tal como explica un comunicado del alto tribunal, la sentencia del magistrado Jesús Cudero modifica la jurisprudencia anterior y "concluye que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como aquella jurisprudencia sostenía) sino la entidad que presta la suma correspondiente".

La sentencia se basa en que "el negocio inscribible es la hipoteca", y por lo tanto, "el único interesado en la elevación a escritura pública" es el prestamista, es decir, el banco.

Se trata de una nueva enmienda jurídica a las prácticas de la banca en el ámbito de los contratos hipotecarios en los últimos años. Esta sentencia se suma a otras como la de las cláusulas suelo o las hipotecas multidivisa.

Hay además otros dos dictámenes pendientes en materia de contratos hipotecarios en España: uno sobre las cláusulas de vencimiento anticipado y otro sobre el uso de los tipos de interés conocidos como IRPH.


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