Evidencias del Neoliberalismo económico en la Venezuela actual

Por mucho que el presidente Nicolás Maduro exponga, grite, discursee, alegue, o afirme que este es un gobierno obrerista, socialista, anticapitalista, o chavista, las evidencias empíricas en lo económico y tanto o más grave en su caso, en su condición de presidente obrero, amigo de los trabajadores, de los sindicatos que es el mundo de donde proviene, repito, las evidencias empíricas indican todo lo contario. https://www.telesurtv.net/news/Nicolas-Maduro-El-presidente-obrero-20150213-0003.html Es decir, que en realidad estamos en un gobierno que propicia, tolera, o se hace el distraído (ciego, sordo y mudo) ante el auge del neoliberalismo económico, de un capitalismo del más salvaje que hemos podio vivenciar en lo laboral.

Muchas de las constataciones que encontramos en la realidad laboral actual apuntan a lo que teóricos del mundo del trabajo como el mexicano Enrique de la Garza (recientemente fallecido), los uruguayos Oswaldo Mantero y Oscar Hermida, los venezolanos Héctor Lucena, Oscar Hernández y Luis Britto García, entre otros) han llamado la "FLEXIBILIZACIÓN DE LAS RELACIONES DEL TRABAJO", que en lenguaje académico es una categoría clave del neoliberalismo económico, e implica la supresión de los vínculos rígidos entre el trabajador y las organizaciones laborales que se traducen en diversas formas de empleo precario y que la OIT describió como Trabajo Indecente (gran parte de lo que acá se expone fue el resultado de nuestra tesis doctoral en el 2010 denominada: "Flexibilización y regulación del trabajo en Venezuela. Caso paradójico, las misiones sociales", presentada en la Universidad de Carabobo en el marco del Doctorado en Ciencias Sociales mención Estudios del Trabajo)

En ese entonces estudiamos las relaciones de trabajo en las misiones sociales venezolanas, pero ahora vemos con enorme preocupación que lo que Chávez había detenido con sus políticas económicas y sociales ahora se han desatado de una manera terrible con consecuencias desastrosas para la inmensa masa de trabajadores venezolanos, en el marco de la coyuntura o crisis de los últimos años en nuestra Patria. Y entendemos que una de las causas fundamentales de la situación obedece a las sanciones y agresiones del imperio, pero también a políticas erradas del gabinete económico, si le creemos a Pascualina Curcio cuando esa autora afirma: "La burguesía de este país, según datos del BCV, ha aumentado 247% el grado de explotación al trabajador en plena guerra económica. En 2014 por cada bolívar que el capitalista pagaba de salario él ganaba 9, en 2017 esa relación de 1 a 9 pasó a ser de 1 a 30, claro está en detrimento de los salarios. No conforme con ello han pagado menos impuestos de los que históricamente pagaban y se la pasan chantajeando al Estado para que les siga dando divisas. Mientras tanto es la clase obrera la que, luego de habérsele enajenado en mayor grado el valor de su fuerza de trabajo y haber visto deteriorarse su poder adquisitivo por una hiperinflación criminal e inducida, ha sido la que ha financiado al Estado cada vez que compra y paga IVA" https://www.costadelsolfm.org/2020/07/21/pasqualina-curcio-los-salarios-en-la-empresa-privada-y-en-la-administracion-publica-ii/

En función de lo anterior colocaremos a continuación evidencias empíricas que contradicen lo establecido en la normativa y la institucionalidad laboral venezolana (LOTTT, LOPCYMAT. Min-Trabajo, INPSASEL, Inspectorías del Trabajo) y que han implicado una regresión a las políticas económicas neoliberales en el ámbito laboral venezolano:

SECTOR PRIVADO CAPITALISTA:

En general no hay un salario establecido a nivel contractual. Los empresarios pagan en dólares de acuerdo a su libre albedrío, a su discrecionalidad.

Las ganancias en dólares son tan estratosféricas, gracias a la indexación de los precios al dólar que le permite a los empresarios capitalistas o patronos pagar en dólares a sus trabajadores, pero sin ningún tipo de control.

Las jornadas laborales son de súper explotación, ya que los trabajadores "bregan" en horarios extenuantes de más de 8, 10 o 12 horas en dobles jornadas en las que no les pagan horas extras, o les pagan por debajo de lo establecido en la LOTTT. Y evidentemente se incumplen las regulaciones de ley en cuanto a los horarios de trabajo.

Los trabajadores no gozan del beneficio de la cesta ticket o bono de alimentación, en virtud de que como cobran en dólares ese pago subsume lo establecido en dicha Ley.

Se ha vuelto a los inicios del capitalismo de libre competencia (siglos XVII, XVIII y XIX cuando los trabajadores eran remunerados por jornada laboral (pago por jornales) y no por semanas o quincenas trabajadas

Si los trabajadores laboran en días feriados o en sus días de descanso no les cancelan según lo establecido en el artículo 119 de la LOTTT, sino que se les paga como un día de trabajo normal. Tampoco se cumple lo establecido en el artículo 118 para el pago de las horas extras, ni lo pautado en el artículo 117 que regula el pago del bono nocturno por jornada nocturna.

Como forma de pago para eludir la institucionalidad y las leyes, los empresarios recurren al pago en físico en divisas (dólares), transferencias bancarias o pagos móviles a las cuentas de los trabajadores si dejar ninguna constancia escrita o informática del pago realizado.

Por supuesto que estos miles y miles de trabajadores no son inscritos en el IVSS, por lo que carecen de todo tipo de protección social ante contingencias de salud o social y mucho menos ante el INPSASEL para su debida protección ante accidentes laborales. (Intemperie laboral llamamos a eta situación de absoluta desprotección laboral). Ello genera que no tengan cobertura de la seguridad social, es decir, seguro social obligatorio, vacaciones, política habitacional, ni prestaciones sociales.

No se establecen contratos escritos, sino verbales, Si se hacen por escrito, obligan a los trabajadores so pena de no incorporarlos o despedirlos "ipso facto" a firmar contratos de mentira.

Si un trabajador se ausenta de su trabajo por motivos de salud (con reposo médico) no se les paga las jornadas no trabajadas.

Al trabajador se le sanciona de manera inmediata por parte de los patronos cuando estos consideran que han fallado, les descuentan de sus salarios pérdidas económicas o materiales, sin acudir a ningún procedimiento legal, algo totalmente discrecional y dejando a los trabajadores en indefensión jurídica.

Las sanciones que se establecieron en la LOTTT en cuanto al incumplimiento de los patronos de la legislación laboral son tan irrisorias que sólo merecen la burla por parte de las empresas, amén que no hay supervisión, ni inspección por parte del gobierno (Min-Trabajo, Inspectorías del Trabajo o INPSASEL) al sector empresarial.

Cada vez hay una mayor limitación por parte del sector patronal público o privado a la creación de nuevos sindicatos u organizaciones gremiales de protección a los trabajadores o que luchen por sus reivindicaciones.

Hay una violación flagrante a los decretos presidenciales de inamovilidad laboral tanto a nivel del sector privado como del público. Y eso en las narices del presidente y del propio gobierno. Es decir, el gobierno permite que se haga pues él mismo lo hace en sus diversas instituciones. Nota: Sabemos del caso de un profesor de la Universidad Campesina "Argimiro Gabaldón" al cual se le violaron sus derechos laborales pues fue despedido de manera ilegal por el rector de dicha universidad. Éste recurrió a la Inspectoría del Trabajo en el estado Lara. La Inspectoría falló a favor del trabajador ordenando su reincorporación al trabajo y el pago de salarios caídos. Esa decisión fue en agosto del año 2019, van a cumplirse dos años de dicha decisión y el Ministerio de Educación Universitaria y la propia universidad no han cumplido con esta disposición del Ministerio del trabajo. O sea….. se viola lo establecido en artículo 543 de la LOTTT

EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA donde anteriormente teníamos trabajadores más protegidos que en el sector privado, en la actualidad, sobre todo en los últimos 6 años, venimos teniendo millones de trabajadores sometidos a condiciones laborales absolutamente precarias.

En la administración pública se conjugan sueldos y/o salarios prácticamente de miseria que no compensan en lo absoluto los precios de los productos que ellos requieren para su subsistencia. Nosotros que somos del sector universitario sufrimos calamidades todos los días de nuestras vidas teniendo que dedicarnos a otras actividades de sobrevivencia y no a las académicas como ocurría hasta hace 6 años aproximadamente. Ver artículo "TRABAJADORES UNIVERSITARIOS: ASÍ NO SE PUEDE VIVIR DIGNAMENTE" https://www.aporrea.org/trabajadores/a290982.html

Junto a lo anterior, las condiciones de trabajo al interior de las organizaciones púbicas son cada vez más deplorables, por las deficiencias en las infraestructuras, los problemas asociados a la movilidad para ir a sus centros de trabajo y regresar a sus hogares, (los trabajadores se ven forzados a caminar hasta kilómetros para asistir a sus centros de trabajo); el trabajo en sus casas, ahora producto de la pandemia que agrava la situación.

Ha habido un enorme retardo en celebrar negociaciones colectivas al interior del gobierno, lo que ha hecho que los salarios y condiciones laborales de los trabajadores cada vez queden más rezagados respecto a las realidades económicas vigente. El caso de los universitarios es patético. Luego de un retardo de tres años, este 2021 se instaló la IV Convención Colectiva y a estas alturas, no se ha llegado a acuerdos definitivos sobre salarios de docentes, empleados y obreros.

Todo ello configura un cuadro de precariedad laboral para los trabajadores que viola directamente lo que se había avanzado en materia jurídico-laboral, sobre todo lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela desde el artículo 86 (seguridad social integral), 87 (garantía de los derechos laborales), 89 (protección del estado a los trabajadores, intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales, irrenunciabilidad a los derechos del trabajador y nulidad de toda acción, acuerdo o convenio que implique renuncia o menoscabo de estos derechos), 90 (duración de la jornada laboral), 91 (derecho a un derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales, salario mínimo vital), 92 (derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía), 93 (garantía de la estabilidad en el trabajo y limitación de toda forma de despido injustificado), 94 (establecimiento de responsabilidades en cuanto al fraude o simulación laboral) 95 (derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses), 96 (derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley) y 97 (derecho a la huelga dentro delas condiciones que establézcala Ley. Obvio, si no pueden sindicalizarse, menos pueden optar a la huelga en condiciones legales).

Por supuesto, si se viola la Constitución, más rápido se viola la LOTTT y los reglamentos que de ellas se desprenden.

El líder de la Revolución Bolivariana Hugo Chávez es uno de los más insistentes fustigadores del modelo neoliberal que ahora se restaura en Venezuela. Dice, por ejemplo: "El neoliberalismo prometió a los latinoamericanos que, si hacían las concesiones al gran capital transnacional, las inversiones se derramarían sobre la región. En efecto, el ingreso del capital aumentó, pero una parte importante fue para la compra de empresas públicas a precios de remate y por otra fue por el ingreso de capitales golondrina que vinieron a especular en el clima de liberalización financiera". (*)

Expresa también Chávez: "Venezuela más nunca volverá al neoliberalismo. Venezuela seguirá transitando hacia el socialismo democrático y bolivariano del siglo XXI" (**)

Sin embargo, ante las sanciones y agresiones imperiales el gobierno actual busca refugio, para su sobrevivencia precisamente en políticas tantas veces cuestionadas, repudiadas y objetadas por Chávez y el propio pueblo venezolano, tanto en febrero de 1989 ("El Caracazo"), como en diciembre de 1998 (triunfo del proyecto bolivariano) y cada vez que se ha intentado desde la derecha imponerlo. No puede ser entones que desde el chavismo sea impuesto y así viene ocurriendo. ¡¡¡ALERTAS!!!

(*) Hugo Chávez. Discurso en acto de instalación de la Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del G-15. 1 de marzo de 2004.

(**) Hugo Chávez. Discurso en Concentración en Balcón del Pueblo, luego del triunfo del 7 de octubre. Palacio de Miraflores. 7 de octubre 2012.



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Cécil Gerardo Pérez


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