José Vicente Hoy: Dígame Contralor, funciona la Contraloría…???

En el programa de José Vicente Rangel de este último domingo, estuvo como invitado el Contralor General, Manuel Galindo Ballesteros y recomendamos a los amigos lectores que escuchen esa entrevista abriendo este enlace: https://www.youtube.com/watch?v=5RQf9WNiD9c, para que tomen nota que más allá de que la máxima voz rectora del control de los recursos y bienes públicos del país respondió a esa pregunta diciendo que (palabras más, palabras menos), "si funciona, que está perfectamente operativo el Sistema Nacional de Control Fiscal, integrado por la propia Contraloría General, las 23 contralorías estadales y las 335 municipales y funciona de manera articulada", pero que (así lo interpretamos nosotros), la mayor traba que tiene el Sistema, agregó el Señor Contralor, es que la reforma de 2010* le eliminó la potestad del ejercicio del control previo, no obstante que los mayores latrocinios contra los dineros y bienes públicos se perfeccionan a través de las contrataciones de las obras y servicios que se suscriben en los estamentos el Estado, pero la Contraloría no puede evitarlos, siempre llega, por mandato de la ley, bien tarde; ya cuando el delito se ha cometido; la obra pública ha sido abandonada por el contratista, pero ya éste ya cobró los anticipos y para colmo, se aceptaron costos y precios sobre estimados en cifras escandalosas y, además, se obviaron las fianzas o resultaron ser insuficientes… Sus competencias, agregó, de revisión y control son a "posteriori" y, por supuesto, precisó ante la inquietud de Rangel, que en esos ilícitos se avienen el funcionario y el "señor contratista privado" (eso le entendimos al Contralor, lo que, -por otra parte- no es secreto para ningún venezolano…).

De manera que ante esta reiterada verdad que ha dicho el Señor Contralor este último domingo (lo ha dicho varias veces y no olvidamos que la primera vez lo habló en abril del 2015, a poco de asumir el cargo con motivo de los festejos de un aniversario más de COFAE), no terminamos de entender que nuestra Asamblea Nacional Constituyente no haya tomado la decisión no política, sino moral, de reformar la actual ley para devolverle al Ente Contralor la atribución del ejercicio del Control Previo a todo el entramado burocrático del Estado, sin excepción alguna, lo cual es perfectamente posible hoy en día, dado los enormes avances tecnológicos de la informática, que garantizan, sin lugar a ningún género de dudas, no solamente la eficacia de esos controles, sino la rapidez de sus respuestas… Y menos aún lo entendemos cuando el propio Fiscal General, Tarek William Saab, en apenas un año y pocos meses que tiene en el cargo, ha logrado enviar a la cárcel a cerca de doscientos peces muy gordos a la cárcel por ladrones (allí aparecen dos ex ministros) y le ha dicho el país que la causa de ello, en la inmensa mayoría de los casos, lo ha sido por los abultados sobreprecios en las contrataciones de obras y servicios públicos que con sus firmas autorizaron en el ejercicio de sus respectivas responsabilidades en cifras que globalmente superan con creces los 15 mil millones de dólares (http://www.eluniversal.com/politica/644/saab:-desfalco-a-venezuela-por-tramas-de-corrupcion-supera-los-$15-mil-millones)...

Pero es que hay otra razón más para no entenderlo: el Presidente Maduro en las siete líneas de acción que lanzó para su próximo período presidencial 2019/25, incorpora en tercer lugar lo que será su "Lucha renovada y frontal contra todas las formas de corrupción. Aboga por el surgimiento de una nueva ética patriótica, ciudadana, social y económica…"

De nuevo el tema del Control en el tapete de la actualidad por efecto de esa importante entrevista, y qué bueno que así lo sea, es más que propicia la oportunidad para que, una vez más, le volvamos a reiterar a nuestra Asamblea Nacional Constituyente nuestra propuesta dirigida al rescate de esa herramienta de contraloría como lo es el Control Previo, conjuntamente con otras propuestas complementarias que surjan del seno de la misma que coadyuven a fortalecer, desde nuestra óptica como funcionario de contraloría que lo fuimos por casi 25 años (1961/1985), un abordaje de la problemática de mayor amplitud que nos abre una panorámica dentro de la cual estamos muy seguros de que una voluntad política y moral de erradicar la corrupción pública de cuajo, tendría el mayor de los éxitos.

Veamos, lo que le reiteradamente le hemos planteado a la ANC:

1) Reforma de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, con la finalidad de que el ente Rector -La Contraloría General-, retome las competencias del Control Preventivo del Gasto y del Pago, que mantuvo por muchos años en el ámbito de la Administración Central. Y que las amplíe sobre la ejecución presupuestaria de todos los organismos de los Poderes del Estado, pudiendo el órgano exceptuar de dicho control sólo temporalmente y mediante Resolución fundamentada, a los organismos y entes de los Poderes distintos del Ejecutivo Nacional, dejando a salvo muy claramente la potestad no sólo de dejar sin efecto dicha excepción sin previo aviso, sino de ejercer también los controles perceptivos que considere necesarios, cuando así lo disponga, sin que medie para ello la previa participación.

Los sorprendentes adelantos tecnológicos en el campo de la informática, garantizan no solamente la viabilidad de ese tipo de controles, sino que aseguran por demás la imposibilidad de que los mismos pudieran generar retardos en el cumplimiento de los procesos administrativos respectivos, pues esos controles digitales pueden hasta programarse para evitarlos e, inclusive, permitir que sea factible detectar en segundos donde y quien pudiera ser el o los responsables de las demoras injustificadas e indebidas…

2) La reforma de la indicada Ley de la Contraloría deberá incluir el agregado de un dispositivo que obligue a hacer públicas las declaraciones patrimoniales en la página digital de la Institución Contralora, de libre acceso público, de aquellos funcionarios que tengan la exclusiva competencia para y en el manejo y destino de los dineros y bienes públicos, sin excepción.

Estamos convencidos que con esta decisión se logrará que el país nacional sienta que, efectivamente, la gestión del máximo órgano Rector del Control Público, hace hasta lo indecible porque la función pública sea lo más transparente y pulcra posible, pues se muestra como muy obvio que ello se constituye en un formidable disuasivo que frena toda posible tentación de aprovecharse de un cargo en el Estado para robar dineros y bienes públicos.

De otra parte, vale observar que quien decide ingresar al servicio público es porque lo hace por voluntad propia, nadie está obligado a ser burócrata del Estado, de manera que al aceptar esa responsabilidad, queda advertido que se hará público su patrimonio, y que su respectiva declaración será periódicamente fiscalizada.

3) Revisar el régimen de sanciones previsto para quienes incurran en delitos de corrupción con los dineros y bienes públicos, pues las penas de cárcel contempladas frente a un sinnúmero de graves faltas son realmente ridículas y nos eximimos de relacionarlas debido a que son muchas las tipificaciones (leer la Ley Anticorrupción: http://www.cgr.gob.ve/pdf/leyes/Decreto_Reforma_ley_Contra_Corrupcion.pdf).

Es inconcebible que quienes estafen o roban los dineros públicos sean sancionados con una pena máxima de apenas 10 años de cárcel…!!! Para esos delincuentes de cuello blanco la máxima condena que contempla nuestro Código Penal de 30 años es, también, demasiado poco. Nuestro grande Héroe Patrio, el Libertador Simón Bolívar, decretó en 1824 la Pena de Muerte a los corruptos y más, aún, la misma pena a los jueces que optaran por no aplicarla… (https://www.conelmazodando.com.ve/en-1824-bolivar-decreta-la-pena-de-muerte-para-los-corruptos). Y …,

4) Aprobar una Ley Especial para la protección de denunciantes y testigos en el tema de la corrupción.

Se trata de un instrumento fundamental dentro de una real y efectiva política de Estado para combatir con éxito a los corruptos, pues con dicha norma legal se alejan los temores para quitarle la careta a los zánganos corruptos que tanto daño le hacen al país…

Sobre esta propuesta, vale que resaltemos estas reflexiones que surgen respecto de las denuncias:

a) Los ladrones del erario público hacen lo indecible por no dejar rastros de sus fechorías, de manera que a la hora de prescribir los requisitos para la admisión de una denuncia, en absoluto se pretenda con ellos que quien la formule lo haga con el expediente probatorio de los supuestos hechos delictuosos que va a denunciar, lo cual no descartamos que pudiera ocurrir en determinados y muy contados casos, pero que en la mayoría de ellos, usualmente no tienen pruebas para sustentarlas, porque como ya hemos dicho, el ladrón borró las "huellas", quemó los "papeles" y ese denunciante solamente maneja la sospecha basada en razones de mucho peso, como son aquellas que se derivan de ver a determinados burócratas cómo de la noche a la mañana han cambiado radicalmente sus ‘modos de vida’ y, de ciudadanos sencillos que lo eran antes de asumir un cargo público (nacional, estatal o municipal), y solamente devengaban ingresos suficientes para llevar una vida modesta, sin excesos, porque además no disponían del dinero para cubrirlos, ahora se los ve exhibiendo una exuberante riqueza, sorprendente en extremo, llevando una vida dispendiosa y, además ostentosa. No olvidar ese sabio dicho que sostiene que la riqueza mal habida es como la gripe, imposible de ocultarla…

b) Quienes se atreven a formular las denuncias, asumen una gran responsabilidad, pues no olvidemos que corren el grave riesgo de que si su objetivo fue hacer sólo daño a terceros, tendrán que vérselas con la justicia, debido a que la Ley Contra la Corrupción, en su artículo 82, contempla de uno a tres años de cárcel para quienes así actúen

(http://www.venceremos.com.ve/sites/default/files/LeyContraCorrupcion.pdf).

c) Un indicio es más que suficiente para escudriñar y llegar a detectar evidencias y pruebas necesarias, que permitan identificar a los directos responsables de una determinada irregularidad. Y esto lo sabe hasta el más bisoño de los expertos en investigaciones y tareas de inteligencia, lo cual es perfectamente verificable con quienes manejan esas estructuras estatales de policía contra el crimen organizado. De manera que hasta una simple sospecha ya es una magnífica ocasión para que se ordene la apertura de las investigaciones de rigor y, de una vez y para siempre, los responsables del control público dejen de seguir advirtiendo que jamás las abrirían por "oficio".

d) Conocemos de varios casos de denuncias en nuestro país, que se han manejado sobre la estrategia de "montarle", luego de un laborioso trabajo de inteligencia, una "trampa" a la persona que ha sido denunciada, y que concluye, cazándolo, en el preciso momento en que recibe la coima. Durante nuestra permanencia en el Organismo Contralor (1961/1985), específicamente en el área del Control Previo, fuimos parte de equipos gerenciales que pusieron en práctica ese modus operandi, tan "normal" en muchos países, y recordamos que siempre se obtuvieron óptimos resultados...

¿Habrá acaso, otras muchas ideas que coadyuven a garantizar aún más el objetivo de disminuir al mínimo la corrupción en el país?

Por supuesto que las hay, como serían -por ejemplo-, estas dos que se nos ocurren, por ahora:

1) Que se abran espacios, tantos como sean posibles, para que los venezolanos podamos interponer denuncias de corrupción, por supuesto, en los términos como lo hemos propuesto en el punto tres …

2) Es impostergable incorporar al pueblo de manera efectiva en las tareas de contraloría y fiscalización del gasto público, y para ello es preciso pensar en la urgente elaboración de una normativa legal que haga realidad esa posibilidad. Con ello estaríamos dándole realidad concreta a lo que debe ser una práctica activa y muy viva de su derecho a participar y ser protagonista de primera línea de la democracia socialista que debemos construir cada día. Y…,

3) Las declaraciones patrimoniales que correspondan a los funcionarios que tengan la responsabilidad exclusiva del trámite integral de los ingresos y gastos públicos, deben ser revisadas periódicamente y, en cada caso, de manera exhaustiva…

Cerramos esta nota con esto:

¿Será la corrupción el destino fatal de la Patria…? No aceptamos que lo sea, nos negamos a admitir que sigan apareciendo corruptos por docenas todas las semanas, y año tras año, y nos quedemos con los brazos cruzados, viendo con inmensa frustración que los mecanismos de contraloría que tenemos no funcionan, pues como hemos reseñado, tanto el Contralor General, como el Fiscal Tarek nos ha dicho que los robos que han sido detectados en los entes públicos han sido posibles por la ausencia de los controles preventivos… Recordemos que Tarek compartió con el pueblo venezolano, a través de una sus habituales comparecencias por la televisión que en PDVSA, por ejemplo, el caso de la adquisición de una impresora que tenía como precio en el mercado internacional 500 dólares y se autorizó su pagó en la bicoca de QUINIENTOS MIL DÓLARES…!!! y en la Federación de Triatlón (Fevetri) se incurrió en una enorme estafa con divisas preferenciales por más de 770 mil dólares, la cual se fraguó sobre la base de un documento falso "o trucho", como lo llaman los argentinos (https://mundo.sputniknews.com/americalatina/201807031080108954-arrestan-triatlonistas-venezolanos-por-corrupcion/).

En ambos casos, camaradas y amigos lectores, de haber funcionado la contraloría preventiva, ninguno de esos robos habría sido posible…

Nota aclaratoria:

El Contralor Galindo dijo en la entrevista que el Control Previo fue eliminado con la reforma de la Ley en 2010, cuando ello no fue así. Esa mutilación se le hizo a la Ley de 1975 con motivo de la reforma que propició el Gobierno de Caldera II en diciembre de 1995, la cual entró en vigencia en febrero de 1996.



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Iván Oliver Rugeles


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