"El Acidito"

Trabajador que incumple no goza de ningún tipo de inamovilidad

Podemos observar con mucha frecuencia que el patrono despide de manera injustificada a sus trabajadores, por el solo hecho de que no lo quiera ver; pero también hemos notado últimamente trabajadores que basados en la protección que otorga el gobierno venezolano abusan y pretenden ampararse en nuestras leyes proteccionistas.

Cuando un trabajador incurre en alguna de las causales de despido justificado y el patrono solicita la autorización de despido a la Inspectoría del Trabajo y esta la acuerda previa revisión de las causas, no hay para donde coger, porque los Tribunales Laborales también avalaran tal decisión si está debidamente fundamentada; en este sentido y para mayor aclaratoria vamos a permitirnos presentar diversas causas de inamovilidad contempladas en nuestro ordenamiento jurídico y alegadas por los trabajadores: 1) Violación del principio de interés superior del niño, niña y adolescente, que se fundamenta en la protección especial que otorga la ley al trabajador que tenga uno o más hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad que lo impida o dificulte valerse por sí misma o por sí mismo, establecida en los artículos 347 y 420.4 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; 2) El trabajador que se encuentre protegido por inamovilidad laboral, según los decretos dictados por el Presidente Chávez y continuado por Nicolás Maduro; 3) El trabajador que se encuentra protegido por fuero sindical.

En todos estos casos el trabajador sí puede ser despedido por causa justificada mediante calificación previa del Inspector del Trabajo de la jurisdicción correspondiente, si incurrió en causales para tal situación, como por ejemplo por falta de probidad y falta a las obligaciones que impone el contrato de trabajo.

Lo único que podría beneficiar a un trabajador en estos casos, por sentencia vinculante de la Sala Constitucional del TSJ, es que el trabajador tenga la edad y el tiempo de servicio para ser jubilado y a estos fines puede acogerse a la jubilación y los Tribunales están en la obligación de acordarla.

Finalmente les deseo a mis asiduos lectores una muy feliz navidad y un prometedor año 2018, donde logremos salir de esta crisis económica con el favor de Dios y seguir enrumbando nuestro país hacia un mejor nivel de vida de todos los ciudadanos. A mi familia fuera de esta bella isla de Margarita, mis hijos y mis padres mi amor eterno y que reine la luz de la concordia, la paz y el éxito; ¡los amo!.

Por este año me despido y continuaremos compartiendo nuestros comentarios por este prestigioso medio la primera semana de enero 2018.



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Reinaldo Silva


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