Enmienda 2009 y Laguna Jurídica Potencial

Andamos en una de enmiendas, y entendemos que las solicitudes referendumarias tendentes a reformas constitucionales están previstas como opciones perfectivas del contenido de la Carta Magna, habida cuenta de que su texto y hasta sus normas, principios y procedimientos derivados no son ni deben ser inelásticos en el tiempo ni en el espacio.

La Constitución Nacional de una república moderna será siempre democráticamente susceptible de modificaciones con estricto respeto de la dinámica política y geoeconómica que alimenta la fisiología y el correspondiente metabolismo de cualquier sociedad.

Hablamos de la fallida R 2D2007, y de la que se actualmente se halla en pleno y acelerado proceso de realización.

Es el caso que entre la primera solicitud de reforma y este nuevo conato enmendatorio ha transcurrido un año dentro del cual Venezuela experimentó cambios importantes en sus cuadros de mando regionales y locales.

Esas bases nos ofrecen condiciones especulativas tales que podríamos citar la hipótesis de un Referendo Consultivo con un resultado aprobatorio de la reforma en juego. Si así fuere y el Art. 230 queda modificado, entonces los Presidentes venezolanos estarían constitucionalmente facultados para ser reelectos más de las dos (2) veces a las que la actual Constitución restringe su labor a los máximos jefes de gobierno, según el mismo Art. 230 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).

También pensamos que aún así, con el Art. 230 reformado, si un Presidente resultare revocado en la mitad de su Primer Sexenio, o de su Segundo S. no necesariamente podría estar facultado para postularse en las elecciones inmediatas, para designar el reemplazo presidencial durante el resto del periodo interrumpido, ni más nunca.

Así lo entendemos y esto podría ser muy subjetivo de mi parte, pero desde luego lo cierto es que estaríamos ante una nueva y potencial “laguna jurídica”, habida cuenta de que resultaría dubitable que un Presidente que haya sido revocado se presente nuevamente a su reelección en igualdad de condiciones.


osmarcastillo@cantv.net


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Manuel C. Martínez M


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