Matria tovareña. Efemérides del día.

5 de Julio de 1811 NO se firmó el Acta de Independencia

Un antes y un después: de la palabra a la guerra.

El 5 de Julio se dio el paso firme, atrás quedaban tres siglos de dominación,

solo faltaba rubricar en el Campo de Batalla la palabra de 1811.

Nesabad.

Aunque los pintores Juan Lovera y Martín Tovar Tovar dedicaron sendos cuadros que tatuaron en la memoria colectiva el 5 de Julio de 1811 como "La firma del Acta de la Independencia", eso no se corresponde con la realidad histórica. El Acta ni siquiera fue redactada el 5 de julio y la firma se llevó a cabo entre el 7 de julio y el 13 de agosto de 1811.

La votación del Congreso Constituyente de 1811, terminó a las 2:30 p.m., después de un intenso debate y fue cuando el diputado Juan Antonio Rodríguez Domínguez en su condición de Presidente del Congreso anunció "declarada solemnemente la Independencia absoluta de Venezuela" y eso es lo que debemos celebrar este y todos los 5 de julio, el "Día Estelar de Venezuela". Es el acto esencial de la nacionalidad y la culminación de todo un proceso desde el punto de vista jurídico.

Una vez anunciada la declaración de la Independencia, entre vítores y gritos, la manifestación popular no se hizo esperar y liderada por los Francisco de Miranda y Espejo recorrieron las calles adyacentes al "Altar de la Patria" la antigua capilla del Seminario Santa Rosa de Lima -hoy sede del Concejo-, entraron al Palacio Municipal para terminar concentrados en la Plaza Mayor.

No todo fue algarabía ni celebración, el compromiso asumido apenas comenzaba, ese mismo día, el Congreso celebró una segunda sesión vespertina, donde entre otras cosas se acordó: "formar un proyecto que abrazase todas las causas y poderosos motivos que nos habían obligado a declarar nuestra Independencia para que, sometido a la inspección del Congreso, sirviese de competente acta y pasara al Poder Ejecutivo a fin de que la publicase e hiciese circular en la forma ordinaria", a tenor de lo aprobado no queda lugar a dudas que el acta no estaba concordada y su redacción fue encomendada al diputado Juan Germán Roscio y a Francisco Isnardi, secretario del Congreso. Otro elemento que se suma en este mismo sentido, es el hecho público y notorio que el 6 de julio de 1811, el Poder Ejecutivo envió una comunicación suscrita por el triunviro de turno Juan de Escalona al Presidente del Estado de Cundinamarca, José Tadeo Lozano, notificándole que la Independencia de Venezuela ya era un hecho irreversible, aunque: "La urgencia de los momentos no ha permitido hasta ahora, terminar su redacción ni promulgar ni promulgar esta declaratoria con las solemnidades que deben acompañarla"

El 7 de julio, nuevamente se reunió el Congreso, fue allí cuando realmente se leyó y se aprobó "El Acta declaratoria de la Independencia" presentada por el secretario de acuerdo a la orden dada, aunque no se mencione a Roscio su participación en la redacción fue fundamental.

En la sesión del 8 se aprobó el texto del juramento que debían prestar las autoridades en todos los órdenes una vez promulgada la Independencia. Vale la pena recordar un pasaje de dicho juramento: "…libres y exentas para siempre de toda sumisión y dependencia… de cualquier corporación o jefe que la represente o representase adelante…", léase bien acaso no estamos ahora igual o peor de dependientes y nuevamente colonizados. Este mismo día 8, se presentó al Poder Ejecutivo el Acta de la Independencia, la comisión encargada estuvo integrada por sus redactores: Isnardi y Roscio, acompañados por Fernando del Toro. Una vez leída el Ejecutivo la refrendó al pie: "Palacio Federal de Caracas, 8 de julio de 1811. Por la Confederación de Venezuela, el Poder Ejecutivo ordena que la Acta antecedente sea publicada, ejecutada y autorizada con el sello del Estado y Confederación. Cristóbal Mendoza, Presidente en turno, Juan de Escalona, Baltazar Padrón; Miguel José Sanz, Secretario de Estado, Carlos Machado, Canciller Mayor, José Tomás Santana, Secretario de Decretos". Seguidamente mediante un Bando dispuso para el domingo 14 de julio siguiente la "solemne publicación de nuestra Independencia con repique de campanas, salva general de las tropas, izamiento de la Bandera Nacional…", dos días después, el 16 un Tedeum y la juramentación de las autoridades.

Aunque en Venezuela las noticias siempre se han adelantado y antes de la publicación del Acta por Bando, en el Nº 2 del jueves 11 de El Publicista de Venezuela, órgano oficial del Congreso Constituyente, bajo el título de "Declaratoria de Independencia" dio a conocer el texto íntegro. La misma también fue publicada nuevamente en la Gazeta de Caracas Nº 41 del martes 16, entre la una y la otra existen algunas diferencias que se complementan.

Según la publicación de El Publicista de Venezuela y de la Gazeta de Caracas, la Firma del Acta de Independencia tiene por fecha 5 de julio de 1811. De acuerdo a los argumentos antes expuestos y que en detalle fueron minuciosamente trabajados por Don Manuel Pérez Vila en su deslinde metodológico sobre "La Declaración de Independencia y su Acta", publicado con la venia de la Academia Nacional de la Historia. Igual trabajo quería realizar el General Héctor Bencomo Barrios sobre el 19 de Abril de 1810, que erróneamente se señala como el "Día de la Declaración de Independencia" y según su parecer fue el "Día del Grito de Independencia", desconozco si llegó a escribirlo y publicarlo o lo dejó inédito.

No quiero extenderme más, por la simple razón que la gran mayoría de la gente prefiere repetir que leer, seguir con las mentiras tradicionales en vez de asumir la verdad histórica con documentos en mano. Los escribidores de discursos de ocasión y los publicistas de los gobernantes les da igual, al final les pagan para exaltar el ego de quienes medio saben leer sin revisar o contrastar la realidad.

A manera de resumen y en apego a la secuencia cronológica tal como ocurrieron los hechos: 1) La declaración de Independencia sucedió a las 2:30 p.m., del 5 de julio de 1811; 2) la redacción del Acta entre el 6 y 7; 3) la lectura y aprobación por parte del Congreso el 7; 4) la promulgación por el Poder Ejecutivo el 8; 5) la publicación el 14 (aunque se adelantó la noticia el 11); 6) el Tedeum y jura del Acta el 16 y 7) la firma del 7 de julio al 13 de agosto de 1811.

Néstor Abad Sánchez

La Abadía, julio 5, 2022

nestorabadsanchez@gmail.com

Nota: Quienes tengan dudas al respecto pueden consultar a Don Manuel Pérez Vila y todas las citas entre comillas se corresponden con el Libro de Actas del Supremo Congreso de Venezuela, 1811-1812, publicado por la Academia Nacional de la Historia en 1959. Obvie referenciar cada una.



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Néstor Abad Sanchez


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