El CNE y el ilegal e inconstitucional plebiscito Vs la constituyente constitucional legítima

Opositores al gobierno de Nicolás Maduro liderados por la Asamblea nacional en las personas de su Presidente, Julio Borge y Vicepresidente Fredy Guevara pretenden llevar un Plebiscito, lo que ellos llaman una "consulta popular", siendo la asamblea un órgano del Estado institucionalizado, entonces ellos debería regirse por el orden legal institucionalizado, pero no ocurre así, desconocen el Poder Electoral, mal podrían llevar a cabo una consulta popular o plebiscito cuando se desconoce la Ley Electoral que regula la actuación del Poder Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE), toda vez que llaman a "restituir el orden constitucional", de manera irónica haciendo un plebiscito "con un elector menoscabo" además confrontado con el marco constitucional, las decisiones del soberano, los poderes soberanos.

Resulta que a despecho la Asamblea Nacional coloca como ente garante del proceso plebiscitario a los rectores, Raúl López Sayago, rector de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador; padre José Virtuoso, rector de la Universidad Católica Andrés Bello; Cecilia García Arocha, rectora de la Universidad Central de Venezuela; Jessy Divo, rectora de la Universidad de Carabobo y Benjamín Scharifker, rector de la Universidad Metropolitana, como garantes del proceso de consulta, toda vez que dicha actuación significa un secuestro de funciones públicas, usurpación de funciones que la ley no les otorga, ahora que fungen como garantes electorales sin que ningún Poder Público, excepto la Asamblea Nacional desautorizada por el Tribunal Supremo de Justicia.

Corresponde al CNE de acuerdo con el artículo 1, ser el ente rector electoral, como autoridad del poder electoral, para llevar a cabo procesos electorales y referendo, "materia de incumbencia del Estado", asimismo el proceso electoral venezolano es llevado a cabo, subordinado al CNE, la juntas nacional electoral, la comisión de registros civil y electoral y la comisión de participación política y financiamiento. En cambio desconociendo este ordenamiento legal, la oposición pretende llevar a cabo, "el día de votación habrá 1766 centros y 14.834 mesas habilitadas, y se llevará a cabo desde las 7 de la mañana hasta las 4 de la tarde del día 16 de julio. No obstante, si el proceso amerita una extensión de horario se hará siempre que haya electores en las filas. Guevara también dijo que los venezolanos que se encuentren en el exterior podrán votar y que está planteado que haya consulta en 200 ciudades del mundo", es decir un plebiscito para consulta materia de Estado.

Como se prueba, un total desprecio por la ley Nacional Electoral, un fraude a sus electores, una distracción política, centros no avalados por el CNE, ciudades en el exterior y hasta "electores" de otros países sin verificar su fiabilidad electoral. Aquí se cocina otra farsa, unos calculo plebiscitario frente a los resultados que arroje la Constituyente, para compararlos y gritar que son mayoría, forjar que la consulta de la constituyente la perdió el gobierno, que ellos practicaron "unas elecciones libres", allí es donde se espera otra matriz de opinión falsa, claramente desconociendo a toda autoridad electoral, legislación o régimen político.

Los supuestos legales en que soportan su plebiscito o consulta electoral a un universo sesgado, de pueblo opositor, son según ellos que es "un proceso legal y legítimo, basado en el artículo 5, en el artículo 70 y en el 333 y 350". Agregan: "En el artículo 5 se deja claro que la soberanía reside en el pueblo; en el artículo 70 se deja claramente que la consulta popular y las asambleas de ciudadanos, como mecanismos vinculantes de toma de decisiones de expresión de la soberanía popular, y en el artículo 333 y 350 se establece claramente el desconocimiento a toda autoridad, legislación o régimen que contrae la Constitución […] y nos obliga a restituir el orden constitucional".

Ciertamente la soberanía la ejerce el pueblo y lo que ellos pretenden es una "consulta pública", no una votación, como llamar a "la restitución constitucional y los poderes públicos", cuando ellos la violan flagrantemente, sin embargo, el artículo 71 señala que: "Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral….". Para frenar la Constituyente, la oposición pretende realizar un plebiscito o consulta popular, sin autorización del Poder Electoral, saltándose los procedimientos electorales de la ley electoral, sus reglamentos y potestades del Poder electoral,

La manzana de la discordia es "la Constituyente", ellos se han negado a participar, a ejercer sus derechos políticos, ahora vienen conque como no se hizo consulta, si el pueblo quiere o no quiere constituyente, cuando no existe un artículo en la Constitución que una vez convocada la constituyente de acuerdo con el artículo 348, tenga la necesidad de preguntársele, sencillamente se convoca el proceso electoral, o si se apela al artículo 70, en cambio con este, de acuerdo con la oposición pretende derogar el artículo 348, declarar la constituyente ilegal, sin no se le consulta al pueblo, pasando por encima del Poder Electoral y ni siquiera recurriendo al recurso de interpretación de la ley ante la Sala Constitucional.

Siendo así; someten al pueblo opositor las siguientes preguntas: 1. ¿Rechaza y desconoce la realización de una constituyente propuesta por Nicolás Maduro sin la aprobación previa del pueblo de Venezuela?. Con este planteamiento pretenden frenar la Constituyente, crear un clima caliente en la opinión pública, exacerbar los ánimos políticos, brindar argumentos fraudulentos al pueblo opositor, tratan de ratificar el apoyo popular a rechazar la Constituyente y la Constitución a la par su ataque a la autoridad del Poder Ejecutivo encarnado en Nicolás Maduro, por omisión e ignorancia.

2. ¿Demanda a la Fuerza Armada Nacional y a todo funcionario público obedecer y defender la Constitución del año 1999 y respaldar las decisiones de la Asamblea Nacional?.3. ¿Aprueba que se proceda a la renovación de los Poderes Públicos de acuerdo a lo establecido en la Constitución y a la realización de elecciones libres y transparentes así como conformación de un gobierno de unión nacional para restituir el orden constitucional?. Otro ataque adicional a los Poderes Públicos, es al poder militar, toman la iniciativa de rechazarla, "demandándola", tratando de someterlos al poder legislativo, pedirles "obediencia institucional", aparte de estar en desacato a la autoridad pública, al Tribunal Supremo de Justicia.

3. ¿Aprueba que se proceda a la renovación de los Poderes Públicos de acuerdo a lo establecido en la Constitución y a la realización de elecciones libres y transparentes así como conformación de un gobierno de unión nacional para restituir el orden constitucional?, vale reflexionar si no se ha dado una renovación de los poderes públicos, quiere decir que el pueblo no ha emitido opinión vinculante alguna, entonces no puede ciudadano alguno desobedecerlo invocando el 333 y 350, quiere decir que ellos están vigentes, la desobediencia a ellos debería ser penalizada y sancionada. Ahora bien realizar este plebiscito, pidiendo revocar el mandato de los poderes públicos, eso implica otro procedimiento, uno de ellos es el referendo abrogatorio, el revocatorio, y eso significa procedimientos electorales al que la oposición no está dispuesta a llegar a las Alcabalas (como llaman al CNE).

Llaman a "restituir el orden constitucional", pero piden ipso facto "renovar todos los poderes públicos", entonces no respetan el contenido constitucional y sus leyes, menos los procedimientos constitucionales, invocan el 333, en tanto que "no existe un acto de fuerza", una dictadura como llama la oposición de manera denigrante al régimen político constitucional de Venezuela, aun planeando libremente un plebiscito, quiere decir que la Constitución está vigente en sus derechos políticos, quiere decir que "no ha sido derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella", mal podría llamarse a restituirla.

En tanto que el artículo 350, menos lo pueden invocar, el pueblo opositor, por cuanto de que el régimen político de Nicolás Maduro, Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ejerciendo la autoridad no ha contrariado "los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos", excepto la oposición declarada en insurrección nacional, en subversión pública y notoria, ejerciendo la guarimba terrorista, menoscabando los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, ejerciendo una dictadura en las calles contra el pueblo trabajador, al estudio, a la circulación y tránsito, impidiendo el derecho al trabajo, los derechos civiles, humanos, destruyendo el patrimonio público, invocando potencias extranjeras a intervenir en el país, es esto, ¿restitución del orden constitucional?. Pues no, no lo es, la oposición ha violado el orden constitucional, el plebiscito pretende ser "un sistema inquisitivo", ser juez al mismo tiempo tomar la decisión sin arbitrio electoral.

Fuente consultada:

Por #MonitorProDaVinci , "MUD anuncia cómo se llevará a cabo la consulta popular del 16 de julio", 7 de julio, 2017.

 

 



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Alexander Kórdan Acosta R.

Economista. Magíster en Gerencia de Servicios Administrativos. Doctor en Ciencias Estratégicas para el Desarrollo. Profesor de la Universidad Bolivariana de Venezuela (UBV). Instructor de Cooperativismo Comunitario.

 kordankovki@gmail.com

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