No me confunda Dr. Jesús Silva: Nueva Constitución no estará casada con el referéndum

Aunque no soy doctor en ciencias jurídicas, porque solo curse hasta el quinto año de la carrera en la prestigiosa Universidad Santa María, sin embargo, me atrevo hacer algunas consideraciones sobre lo afirmado por este especialista constitucionalista cuando dice que "sin aprobación final del pueblo, nueva Constitución será nula".

Con el mayor respeto, no le encuentro asidero legal a su personalísimo criterio cuando sostiene que sea de obligatorio cumplimiento "un referéndum popular para aprobar válidamente la nueva Carta Magna". Veamos que dice al respecto el artículo 349 del vigente texto constitucional: "El Presidente o Presidenta de la Republica no podrán objetar la nueva Constitución". Igualmente, en el mencionado artículo, también el constituyente ordeno: "Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente". De modo que la plena vigencia de la nueva Carta Magna que resulte aprobada por el nuevo Poder Constituyente Originario que elegiremos el 30 de julio, no plantea en ninguno de sus artículos que exista una condición suspensiva que la perfeccione para que surta efecto jurídico y tenga fuerza de ley.

Sin entrar en mayores consideraciones teórica que nos enreden la vida, entonces dejemos que sea el beneficio de la duda que nos dé más respuestas al respecto. Eso sí, otra cosa será que sean los electores quienes a última hora decidan activar la figura refrendaría.



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Freddy Elías Kamel Eljuri

Presidente del Instituto Municipal de Patrimonio Histórico de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Miranda del estado Falcón. Vicepresidente de la academia de Historia del Estado Falcón. Escritor. Productor radial.

 kameleljuri@gmail.com

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