Mi obra sustituiría poderes, presidencial es uno... ¡Véanlo! (IV)


De la génesis
Mi obra deviene su análisis y creación cumpliendo el art 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Crbv) y, el art 3 de la Ley Orgánica de las Comunas (LOC).

De sui géneris
Es singular o particular en Venezuela y el mundo por qué es creada por un venezolano de 79 años de edad en su oficio básico como técnico-creador; ya autor de otra obra modelo a nivel mundial en 1988.

De su explicación
La ejecución al detalle de sus funciones estarían explicadas en su norma de rango sublegal o reglamento principal. Pueden crearse internamente reglamentos secundarios que normen otras actividades del parlamento. Flexibilidad legal es la consigna.

Cuáles serían las diferencias mundiales con otros sistemas parlamentarios, congresos, asambleas, etc.
Las diferencias son particulares y pertenecen a su autor, por ejemplo:

01.-Se crearía un parlamento normado por requerimientos que atenderían a unas comunas con las que están subordinados los parlamentarios por una relación de lucha social, económica y/o política para el pueblo; nunca observados en otras sociedades desarrolladas y con sistemas de gobierno muy avanzados.
De las diferencias de mi sistema con otros del mundo
Mi sistema concentraría todas las actividades gubernativas del país en un solo ente denominado parlamento, sui géneris por las funciones administrativas y operativas que en éste se producirían. Todos sabemos que un parlamento, asamblea, o congreso está compuesto por personas electas diputados, y senadores si es bicameral; tienen una junta directiva; y eso es todo organizativamente; crean leyes, aprueban o no presupuestos de ejercicios fiscales, contralorías, investigaciones, etc., lo común en éstos. Tienen un primer ministro o presidente subordinado que gobierna el país; es lo que se reproduce en países europeos.

De la composición del parlamento
Si me refiero al Parlamento Popular Unicameral (PPU), no voy a comparar sino coloquialmente diré cosas:

01.-Su origen es por una decisión electoral del pueblo soberano organizado, y sus derechos garantizados constitucionalmente en la forma de comunas.

02.-El parlamentario, su nombre propio tiene un interés relativo, se elige por equipo o grupo (e-g) en asociación colectiva subordinada a la comuna que pertenece.

03.-El parlamento concentra todas las funciones gubernativas del país, sustituyendo el poder ejecutivo (desde la presidencia...), poder estatal (desde las gobernaciones...), poder municipal (desde las alcaldías...), y el poder legislativo-contralor, que como siempre sería de su función, pero también asumiría el poder legislativo regional, o lo eliminaría.

De las comisiones, organización y funciones
En lo personal es el título que despierta mi interés como creador.

01.-El basamento del parlamento estaría en las juntas directivas (JDs) de sus comisiones que asumirían todas las funciones gubernativas que conocemos del país.

02.-Todas las comisiones estarían representadas por su junta directiva (JD): presidente, vicepresidente, y secretario. Como un ejemplo, la función presidencial actual la ejerce una persona, igual un gobernador, o un alcalde. En el PPU la ejercería una JD operativa de tres (03) parlamentarios que se repartirían las funciones.

03.-Habría una JD del PPU, elegida por los parlamentarios, y se ocuparía de las sesiones y la administración del PPU; las JDs de las comisiones ordinarias; las JDs de las comisiones extraordinarías, más las que se creen por eventualidades de carácter temporal.

04.-Las JDs de todas las comisiones, exceptuando las de carácter temporal, serían elegidas en comicios nacionales cada cinco (05) años. En la práctica sería un formalismo por la dinámica de las JDs y su subordinación a las comunas. O sea, que las elecciones pudiesen ser abolidas; hecho importante a considerar en el futuro...

05.-Un parlamentario puede ser sustituido por su comuna en cualquier momento con carácter temporal o definitivo, o toda su JD.

06.-Si la sustitución es definitiva e individual, la preferencia la tiene el parlamentario que está en el grado inferior de la JD según las circunstancias.

07.-Como un principio debe entenderse que la comuna ejerce un derecho garantizado constitucionalmente. De manera, que la actuación de un parlamentario estaría sujeta a ese derecho de la comuna.

08.-Quedarían eliminados los términos: Asamblea, diputado, curul; en su lugar se usarían: Parlamento, parlamentario, asiento.

De mi comentario final
1º.He tratado con rasgos característicos de mi función lógica ser entendible para tod@s mis compatriotas, población en su integridad, y respetuosamente dar a conocer al país mi propuesta sin el uso de términos muy técnicos y pródigos en expresiones.

2º.Mi sistema PPU es innovador a nivel local e internacional; un ejemplo: El más significativo, el PPU está subordinado al poder popular de la comuna, que representa al pueblo soberano directamente, art 5 de la Crbv.
3º.En las funciones del PPU no hay reelección del parlamentario, tampoco existe la inmunidad ni el protagonismo o liderazgo. Es el concepto de equipo o grupo lo fundamental.

4º.Tod@s nos debemos al ejercicio de la comuna, y nuestro esfuerzo es crear un capítulo y articulado en consonancia con la importancia de la comuna para dirigir nuestro destino presente y futuro dentro de la nueva Crbv


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Rafael Enrique Chacón


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