La Juramentación legal y legítima de Maduro

El Artículo 5 de la Constitución Bolivariana establece que la soberanía, es decir el derecho a decidir qué autoridades queremos que nos dirijan, que sistema político consideramos que debe ser adoptado, con qué pueblos queremos relacionarnos, cual es el destino de la Patria; reside intransferiblemente en el pueblo, ese pueblo que el 7 de octubre de 2012 aprobó la gestión del gobierno Revolucionario de Hugo Chávez y lo ratificó en el cargo.

Ahora Hugo Chávez, fue reelecto Presidente Constitucional, legal y legítimamente; y proclamado por el Consejo Nacional Electoral, por tanto facultado para nombrar y remover los funcionarios que le acompañan en su gobierno; de tal modo que en ejercicio de esas facultades previstas en el artículo 236, designó a Nicolás Maduro, Vicepresidente Ejecutivo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 233 Constitucional “…Si la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República se produce durante los primeros cuatro años del periodo constitucional, se procederá a una nueva elección, universal, directa y secreta, dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva…”

Nadie puede dudar, en este planeta, que en los dolorosos momentos que transitamos los latinoamericanos (as) lo aplicable en la República Bolivariana de Venezuela, es ese segundo aparte del artículo 233, transcrito; por tanto dónde está lo inconstitucional, ilegal e ilegítimo del juramento de Maduro, si fue designado por el Presidente reelecto, en ejercicio de sus funciones, dando cumplimiento a la soberanía nacional y dentro del marco constitucional? De dónde saca la dirigencia opositora que el Presidente encargado no es Jefe de Estado, ni Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, porque no fue electo?

Qué dirían entonces si el Presidente fallece faltándole dos años para completar su período? porque el analizado artículo 233 en su parte final establece: “…si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del periodo constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva, asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período” Será que si hubiese sido este el caso, tendríamos dos años sin Jefe de Estado y sin Comandante en Jefe de la FANB? Qué manera tanta extraña tiene la dirigencia opositora de leer el texto constitucional…

De otro lado tenemos en el artículo 229, que: ”…No podrá ser elegido Presidente o elegida Presidenta de la República quien esté en ejercicio del cargo de Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Ministro o Ministra, Gobernador o Gobernadora, o Alcalde o Alcaldesa, en el día de su postulación o en cualquier momento entre esta fecha y la de la elección”. Ahora, si Nicolás Maduro, no ocupa ninguno de los anteriores, de dónde saca la dirigencia opositora que no puede ser candidato a las elecciones presidenciales o es que según ellos, tampoco puede el Presidente encargado nombrar Vicepresidente(a) y Ministros(as)? Si se lee bien la norma, quien tiene que separarse del cargo es el Gobernador de Miranda. Será que ellos no se han enterado que Nicolás Maduro designó Vicepresidente a Jorge Arreaza?

Finalmente, considero que vienen tiempos difíciles, pues no podemos descartar que Capriles es una marioneta del imperio estadounidense, quien sigue con sus garras apuntando hacia Venezuela, pero no podrán con el poder del pueblo que Hugo Chávez despertó del letargo cuarto republicano y enseño a soñar; ese hombre nos amó tanto que nos dejó el Plan trazado, el Gobierno constituido y el Pueblo comprometido; a nosotros nos toca, en honor a ese gran amor, desarrollar el Plan; y yo humildemente pido que caminemos hacia la consolidación de la independencia nacional, la construcción del socialismo, a hacer de Venezuela un país potencia, avancemos en la búsqueda de un mundo multicéntrico y pluripolar, haciendo nuestros aportes para el desarrollo de la humanidad y la preservación del planeta; pro actuando, no reaccionando; sólo podemos construir criticando las fallas con propuestas, no vale la pena, responder a Capriles; responderle sus locuras es oxigenarlo, es convertir las águilas en cazadoras de moscas, camaradas no perdamos energía y tiempo; ignorarlo es demasiado; nosotros estamos claros y comprometidos; sigamos avanzando con una práctica constante de gratitud, solidaridad, compasión y servicio; siempre pro actuando o como nos dijo el Presidente Maduro, reaccionando con amor, organización y unidad.

minnorij@yahoo.com

Abg. Bolivariana Chavista


Esta nota ha sido leída aproximadamente 1833 veces.



Minnori Martínez Gómez


Visite el perfil de Minnori Martínez para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: