La carta que explica los motivos legales dados a Juan Fernández para despedirlo de PDVSA

Carta de despido a Juan Fernández

Nota de Aporrea: ¡Al fin botaron a Juanito Alimaña!
¡Que pague al pueblo por todos los daños causados al patrimonio público!

Enviada por el sitio web "Agua Mansa"; gracias Sergio C.
Ciudadano
Juan Fernández
C.I. 4,281,061

Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA)
Presente

Cumplo con dirigirme a usted, a fin de participarle que por decisión de la Presidencia de esta empresa, con arreglo a las facultades conferidas en los numerales 7 y 8 de la Cláusula Trigésima Cuarta de la ultima reforma estatutaria de la sociedad realizada a través de Decreto No. 2.184 de fecha 10 de diciembre de 2002, publicado en Gaceta Oficial No. 37.588 de fecha 10 de diciembre de 2002, se prescinde de sus servicios a través de despido justificado, a partir de la presente fecha por haber incurrido en las causales previstas en los literales "a", "f", "i" y "j" del articulo 102 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 44 y 45 de su Reglamento.

En concreto, por cuanto durante los días lunes dos (2), martes tres (3), miércoles (4), jueves cinco (5), viernes seis (6) de diciembre del 2002, insistió injustificadamente a su puesto de trabajo, incumpliendo así en forma reiterada y permanente sus obligaciones laborales, sobre la base de los hechos públicos, notorios y comunicacionales.

De igual modo, por haber mantenido una conducta que constituye falta de probidad en sus obligaciones frente al patrono, durante un largo periodo y, de modo particular, en el desarrollo de la irregular e ilegal paralización de actividades impuesta a la empresa a partir del 04 de diciembre del año en curso, conducta esta materializada sostenidamente a través de los medios de comunicación audiovisuales y escritos, lo que también constituye un hecho publico, notorio y comunicacional.

Asimismo, se observa que usted ha incurrido en abandono del trabajo, al haber declarado en forma publica y notoria su negativa a trabajar en las obligaciones propias que tradicional y habitualmente ha llevado a cabo, conforme a las normas y procedimientos internos de la empresa. Ello supone su declaración, a partir del 07 diciembre de 2002, de no incorporarse a sus labores normales en forma indefinida, articulándose con acciones políticas extrañas a la sociedad mercantil.

Finalmente, por haberse configurado una situación que evidencia faltas graves a las obligaciones derivadas de la relación de trabajo, ante la ausencia de rendimiento personal y una campaña sistemática de aliento o fomento de acciones ilegales destinadas a la paralización administrativa y operativa de la empresa.

Sírvase dirigirse en el termino mas inmediato a nuestras oficinas de Recursos Humanos y de Prevención, Control y Perdidas, a objeto de formalizar la entrega material de los bienes propiedad de la empresa que hasta el día de hoy tuvo asignados, bajo uso y custodia, así como para dar cumplimiento a los tramites y normas internas. De igual modo, a partir de esta fecha debe hacer entrega de su carnet de identificación No. 119928, llaves de acceso a nuestras dependencias y demás instalaciones de la empresa, incluyendo tarjetas, códigos y claves sobre sistemas de seguridad y de acceso informático que le hayan sido confiados, los cuales no deberá utilizar en adelante.

Sin mas a que hacer referencia,

ALI RODRIGUEZ ARAQUE
Presidente

C.C.:
Gerencia de Recursos Humanos
Gerencia de Prevención, Control y Perdidas




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Alí Rodríguez Araque

Embajador de la República Bolivariana de Venezuela en Cuba

 prensaembavenezcuba@gmail.com

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